Artículo 16 B.- El procedimientoLey N° 19.955
Art. único N° 16
D.O. 14.07.2004 a que se sujetará la tramitación de las acciones tendientes a obtener la declaración de nulidad de cláusulas contenidas en contratos de adhesión, será el contemplado en el Título IV de la presente ley.
Art. único N° 16
D.O. 14.07.2004 a que se sujetará la tramitación de las acciones tendientes a obtener la declaración de nulidad de cláusulas contenidas en contratos de adhesión, será el contemplado en el Título IV de la presente ley.