MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 6.826 EXENTA, DE 2014, DE ESTA CONTRALORÍA GENERAL, QUE IMPARTE INSTRUCCIONES EN MATERIA DE INFORMACIÓN DE CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA
    Núm. 1.992 exenta.- Santiago, 26 de mayo de 2021.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General; en la Ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento; y en las resoluciones N°s 6 y 7, ambas de 2019 y de este origen.
     
    Considerando:
     
    1.- Que, mediante la resolución exenta N° 6.826, de 31 de diciembre de 2014, se formalizó el modo en que ha de ingresarse al sistema de la Contraloría General, Portal GEO-CGR Control Ciudadano de Obras, por parte de cada órgano de la Administración, la información correspondiente a los contratos de obra pública licitados mediante la plataforma Mercado Público, que fueran adjudicados.
    2.- Que, el numeral 2 del citado acto administrativo dispone, que los órganos de la Administración deberán actualizar al menos trimestralmente, dentro de los diez primeros días de los meses de abril, julio, octubre y enero, la información relativa a sus obras registradas, en cuanto a sus estados de avance, modificaciones y otros aspectos relevantes.
    3.- Que, el inciso segundo de dicho numeral estableció que, la actualización se efectuará por tales órganos directamente en el sistema de la Contraloría General, previas las habilitaciones pertinentes, o a través de la interoperación de sistemas informáticos, en los términos que se definan.
    4.- Que, atendido los principios de eficiencia, eficacia en la utilización de los recursos públicos, de probidad administrativa y la necesaria transparencia de los actos que disponen su uso, se requiere ajustar las citadas instrucciones de manera de exigir la incorporación de la información relativa a los contratos de obra pública, que se efectúen por trato directo; que la actualización de los datos referente a la ejecución de la obra se haga con mayor frecuencia; y que ello se realice previa asignación de credenciales de acceso, para su resguardo.
     
    Resuelvo:

    Artículo 1°: Modifíquese la resolución exenta N° 6.826, de 2014, de este origen, que imparte instrucciones en materia de información de contratos de obra en los siguientes puntos:
     
    1) Sustitúyase el primer párrafo del resuelvo número 1 por el siguiente: "A partir del 6 de enero de 2015, la información específica sobre los contratos de obras identificados como tales en los llamados a licitación pública o privada efectuados en la plataforma Mercado Público, cuyo proceso de compra culmina con una adjudicación, así como aquellos que se originen mediante la suscripción de tratos directos, se incorporará al sistema de la Contraloría General directamente por el respectivo órgano de la Administración, a través de dicha plataforma.".
    2) Modifíquese el primer párrafo del numeral 2, reemplazando la frase "a lo menos trimestralmente" por "mensualmente".
    3) Modifíquese el segundo párrafo del numeral 2, reemplazando la frase "previas las habilitaciones pertinentes" por "previa asignación de una credencial de acceso".

    Artículo 2°: La presente resolución entrará en vigencia a contar de su total tramitación.
    Anótese y publíquese.- Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.