Artículo 1°: Modifíquese la resolución exenta N° 6.826, de 2014, de este origen, que imparte instrucciones en materia de información de contratos de obra en los siguientes puntos:
     
    1) Sustitúyase el primer párrafo del resuelvo número 1 por el siguiente: "A partir del 6 de enero de 2015, la información específica sobre los contratos de obras identificados como tales en los llamados a licitación pública o privada efectuados en la plataforma Mercado Público, cuyo proceso de compra culmina con una adjudicación, así como aquellos que se originen mediante la suscripción de tratos directos, se incorporará al sistema de la Contraloría General directamente por el respectivo órgano de la Administración, a través de dicha plataforma.".
    2) Modifíquese el primer párrafo del numeral 2, reemplazando la frase "a lo menos trimestralmente" por "mensualmente".
    3) Modifíquese el segundo párrafo del numeral 2, reemplazando la frase "previas las habilitaciones pertinentes" por "previa asignación de una credencial de acceso".