1. Modifícase la resolución exenta N° 316 (V. y U.), de 2021, en el siguiente sentido:
1.1. Reemplázase en su resuelvo 2, la locución "31 de mayo" por "30 de julio".
1.2. Sustitúyese el resuelvo 3.1. por el siguiente: "3.1 Si cuenta con Registro Social de Hogares (RSH), debe declarar el Núcleo Familiar con el que postula cuyos integrantes pueden o no formar parte de dicho registro, indicando el nombre, número de su cédula de identidad, edad y parentesco.".
2. Establécese que la resolución exenta N° 316 (V. y U.), de 2021, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.