MEDIANTE LA RESOLUCIÓN Nº 724 EXENTA, DE FECHA 26 DE MAYO DEL AÑO 2021, SE DISPUSO LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS PARA LA REGIÓN DE VALPARAÍSO Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS EN PRIMER PROCESO DE SELECCIÓN DEL LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES, PARA PROYECTOS DEL CAPÍTULO PRIMERO, EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS Nº 27 (V. Y U.), DE 2016, DIRIGIDO A ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Y JUNTAS DE VECINOS, REGIDAS POR LA LEY Nº 19.418

    Se resolvió lo siguiente:
     
    Resolución:

     
    1. Apruébanse los montos y nóminas de los grupos seleccionados, correspondientes al Primer proceso de selección del llamado a postulación nacional en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, a organizaciones comunitarias y juntas de vecinos, regidas por la ley Nº 19.418, conforme a detalle que se indica a continuación:
     
   
     
    2. Apruébanse los montos y nóminas de beneficiarios de subsidios correspondientes al llamado a postulación establecido mediante la resolución exenta Nº 178 (V. y U.), de fecha 12 de febrero de 2021, citada en el visto g), adjuntas como anexo a la presente resolución, y que se entienden formar parte de la misma.
    3. Impútese el monto total de 14.862,14 Unidades de Fomento asignados en esta resolución, de las cuales 13.345,04 Unidades de Fomento corresponden a subsidio directo, 1.517,10 Unidades de Fomento corresponden a Asistencia Técnica, a los recursos autorizados a la Región de Valparaíso, de acuerdo a la distribución regional de recursos consignada en el resuelvo número siete de la resolución exenta señalada en visto f) precedente.
    4. Infórmese, que de los recursos asignados a la región en resuelvo 7 de la resolución exenta Nº 178 (V. y U.), de fecha 12 de febrero de 2021, destinados al financiamiento de los subsidios y al pago de los Servicios de Asistencia Técnica, la diferencia disponible para segunda y tercera selección se señalan en el siguiente cuadro:
     
   
     
    5. Publíquese conforme lo dispuesto en el artículo 29 del DS Nº 27 (V. y U.) un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial, y mediante un aviso en al menos un periódico de circulación regional.
     
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Evelyn Mansilla Muñoz, Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Valparaíso.