AUMENTA LA DOTACIÓN DE CUPOS DE PERSONAL A HONORARIOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONCESIONES DE OBRAS PÚBLICAS, CON CARGO A LA DISMINUCIÓN EN LA DOTACIÓN DE CUPOS DE PERSONAL A HONORARIOS DE LA SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
    Núm. 144 exento.- Santiago, 14 de abril de 2021.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el artículo 35 de la Constitución Política de la República; en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el inciso 2º del artículo 10 de la Ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público para el año 2021; las facultades que me confiere el DFL MOP Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido y sistematizado de la ley Nº 15.840; y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    Que, la Ley Nº 21.289 de Presupuestos del Sector Público para el año 2021, en el inciso 2º de su artículo 10º, permite aumentar los cupos de honorarios fijados en la Ley de Presupuestos a los servicios públicos y programas presupuestarios, con cargo a la disminución de otro u otros, sin que pueda, en ningún caso, aumentarse los cupos de honorarios del conjunto de los servicios del Ministerio respectivo.
    Que, el Director General de Concesiones de Obras Públicas, requiere aumentar el cupo de personal a honorarios asignado al presupuesto de esa Dirección, actualmente de 48 personas, según se señala en el Ord. Nº 279, de fecha 25 de marzo de 2021, de ese origen.
    Que, la Subsecretaría de Obras Públicas, a través del Programa Presupuestario "Secretaría y Administración General", tiene una dotación autorizada de personal a honorarios de 84 personas para la presente anualidad, y dado que actualmente cuenta con cupos vacantes, aquella dotación puede ser disminuida.
     
    Decreto:

     
    1. Auméntase la dotación del personal a honorarios de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, en 2 cupos, con cargo a la disminución de la dotación del personal a honorarios de la Subsecretaría de Obras Públicas, a través del Programa Presupuestario "Secretaría y Administración General", en 2 cupos.
    2. Déjase constancia que dicho traspaso, no significa en caso alguno la transferencia de presupuestos del subtítulo 21 "Gastos en Personal" entre las Entidades Públicas indicadas en el Nº 1 del presente decreto.
    3. Establécese el cupo máximo de personal a honorarios de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, en 50 personas.
    4. Establécese el cupo máximo de personal a honorarios de la Subsecretaría de Obras Públicas, a través del Programa Presupuestario "Secretaría y Administración General", y que aporta los cupos, en 82 personas.
    5. Déjase constancia, que el aumento y disminución de cupos de la dotación de personal a honorarios dispuesta en el presente decreto, no aumenta los cupos de honorarios del conjunto de los Servicios del Ministerio de Obras Públicas.
     
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Alfredo Moreno Charme, Ministro de Obras Públicas.- Rodrigo Cerda Norambuena, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Cristóbal Leturia Infante, Subsecretario de Obras Públicas.