1. Modifícase la resolución exenta Nº 43, de 2021, del Ministerio de Salud, en el siguiente sentido:
     
    a. Elimínase en el numeral 54, la frase "y espacios abiertos y cerrados donde se realiza actividad deportiva,".
    b. Agrégase a continuación del numeral 57, el siguiente numeral 57 bis, nuevo:
     
    "57 bis. De la actividad física y actividades deportivas. Se autoriza la actividad física o actividades deportivas solo en lugares abiertos. Las actividades señaladas en este numeral no podrán contar con público. Podrán concentrarse un máximo de 5 personas en lugares abiertos. Para estos efectos las personas deberán contar con un permiso de desplazamiento o el Pase de Movilidad habilitado.".
     
    c. Agrégase en el párrafo final del numeral 62, a continuación del punto final, que pasa a ser punto seguido, la siguiente frase:
     
    "Esta excepción aplica incluso los días sábado, domingo y festivos.".
     
    d. Reemplázase en el numeral 66, la frase "las actividades deportivas" por la expresión "la actividad física y las actividades deportivas", las dos veces que aparece.
    e. Reemplázase en el numeral 76, la frase "las actividades deportivas" por la expresión "la actividad física y las actividades deportivas", las dos veces que aparece.
    f. Reemplázase en el numeral 86, la frase "las actividades deportivas" por la expresión "la actividad física y las actividades deportivas", las dos veces que aparece.