MODIFICA RESOLUCIÓN Nº47 EXENTA, DE 2021, DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN DEL MAULE, QUE PROHÍBE LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍAS QUE INDICA EN LA CIUDAD DE TALCA
Núm. 411 exenta.- Talca, 31 de mayo de 2021.
Visto:
La ley Nº 18.059, el artículo Nº 113°, del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2007, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia; las resoluciones N°s 59/85 y 39/92, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Instructivo Presidencial Nº 003, de 16 de marzo de 2020; el decreto supremo Nº 4, de 2020, del Ministerio de Salud, Subsecretaría de Salud Pública, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote de nuevo Coronavirus (2019-NCOVID); en los decretos supremos Nºs 104, 269, 400 y 646, de 2020, todos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública en el territorio de Chile, y que prorrogan la referida declaración de estado de excepción constitucional por el lapso que indican, respectivamente; el oficio ordinario Nº 35, de 11 de enero de 2021, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Maule; la resolución exenta Nº 47, de 13 de enero de 2021, la resolución exenta Nº 54, de 19 de enero de 2021, la resolución exenta Nº 221, de 11 de marzo de 2021, y la resolución exenta Nº 249, de 16 de marzo de 2021, todas de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1. Que, como es de público y notorio conocimiento, a partir del mes de diciembre de 2019, hasta la fecha se ha producido un brote mundial del virus denominado coronavirus-2 del síndrome respiratorio agudo grave (SARS-COV-2) que produce la enfermedad del coronavirus 2019 o COVID-19.
2. Que, con fecha 30 de enero de 2020, el Director General de la Organización Mundial de la Salud, en adelante OMS, declaró que el brote de COVID-19, constituye una Enfermedad de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII), de conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento Sanitario Internacional, aprobado en nuestro país por el decreto Nº 230, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
3. Que, el 5 de febrero de 2020, el Ministerio de Salud dictó el decreto Nº 4, de 2020, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote de nuevo Coronavirus (2019-NCOVID). Dicho decreto fue modificado por el decreto Nº 6, de 2020, del Ministerio de Salud.
4. Que, la Sra. Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región del Maule, solicitó mediante oficio ordinario Nº 35, de 11 de enero de 2021, la aplicación de una restricción de circulación vehicular para las comunas de Linares, Curicó y Talca, por ser dichas comunas, las que contienen a la mayor cantidad de población del Maule y con la finalidad de poder reducir la movilidad, lo que permitiría a grandes rasgos un mayor control de la pandemia en la región, siendo acogida dicha solicitud por el Jefe de la Defensa Nacional de la Región del Maule e informada a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule.
5. Que, atendido lo expuesto, en consideración al estado de excepción constitucional de catástrofe que se encuentra vigente y para dar efectivo cumplimiento a las medidas sanitarias decretadas, se dispuso mediante resolución exenta Nº 47, de 13 de enero de 2021, modificada por las resoluciones exentas Nº 54, de 19 de enero de 2021; Nº 221, de 11 de marzo de 2021 y Nº 249, de 16 de marzo de 2021, todas de esta Secretaría Regional Ministerial, la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados, de dos o más ruedas en la comuna de Talca, en los términos allí se�alados.
6. Que, a raíz de la implementación del Pase de Movilidad por parte del Ministerio de Salud, y a requerimiento del Intendente de la Región del Maule, es que se hace necesario modificar la restricción vehicular dispuesta para la comuna de Talca, a fin de evitar que la restricción vehicular se preste para confusión de los organismos encargados de la fiscalización de las medidas sanitarias y de movilidad vehicular.
7. Que, esta autoridad regional se encuentra debidamente autorizada y facultada para adoptar la medida de restricción vehicular señalada, ello de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 113º del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que señala que:
"El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas".
8. Que, atendido lo solicitado por el Intendente de la Región del Maule y por lo expuesto, se dispone la medida que se detalla en la parte resolutiva.
Resuelvo:
1. Modifícase la resolución Nº 47, de 13 de enero de 2021, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule, en el sentido de dejar sin efecto lo dispuesto en los resuelvo Nº 1 y Nº 3 de la misma.
2. En lo no modificado, se mantienen íntegramente las demás disposiciones contenidas en la resolución exenta Nº 47, de 13 de enero de 2021, con sus respectivas modificaciones, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule.
3. Notifíquese la presente resolución al Jefe de la Defensa Nacional de la Región del Maule, Seremi de Salud, Fiscalización del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Carabineros de Chile, Intendencia e Ilustre Municipalidad de Talca, para que adopten las medidas pertinentes.
Anótese, notifíquese y publíquese.- Carlos Miguel Palacios Maldonado, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región del Maule.