MODIFICA RESOLUCIÓN N° 2.607, DE 7 DE DICIEMBRE DE 2020, QUE DISPONE MEDIDAS SANITARIAS QUE INDICA EN LA REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA ANTE EL BROTE DEL COVID-19
Núm. 1.937 exenta.- Punta Arenas, 9 de junio de 2021.
Vistos:
La resolución N° 2.607 de fecha 7 de diciembre de 2020, publicada en el Diario Oficial el día 12 del mismo mes, emitida por la Seremi de Salud de Magallanes sobre medidas sanitarias en la Región de Magallanes ante el brote del Covid-19 y sus modificaciones posteriores; lo previsto en el DFL N° 725/69 del Ministerio de Salud, que contiene el Código Sanitario; lo establecido en el DFL N° 1 de 2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.673 de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; lo dispuesto en la ley N° 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado; lo previsto en el DS N° 136/2004 Reglamento Orgánico del Minsal; decreto N° 4 del 5 de enero de 2020 de Ministerio de Salud que decreta Alerta Sanitaria y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de Salud Pública; la resolución N° 43 de 15 de enero de 2021 que establece el Nuevo Plan Paso a Paso del Minsal y sus modificaciones posteriores; resolución N° 7 de 2019 de la Contraloría General de la República y sus modificaciones; y el decreto exento N° 45, de 25 de agosto de 2020, del Ministerio de Salud.
Considerando:
1. Que, por medio de la resolución N° 2.607 de esta Seremi de Salud, de fecha 7 de diciembre de 2020, se dictaron una serie de medidas sanitarias para enfrentar el brote del Covid-19 en la Región de Magallanes y Antártica Chilena, modificada por las Res. N° 309, 1.044, 1.045, 1504 y 1.830, todas del año 2021.
2. Que, se hace necesario actualizar la Res. N° 2.607 ya citada, dictando lo que a continuación se indica.
Y, en mérito de lo expuesto, dicto la siguiente
Resuelvo:
1. Modificase el punto N° 1 de la resolución N° 2.607 de fecha 7 de diciembre de 2020 de la Seremi de Salud de Magallanes y Antártica Chilena, quedando como sigue:
Las personas que ingresen a la Región de Magallanes y Antártica Chilena o a la comuna de Cabo de Hornos, deberán exhibir un examen de RT-PCR negativo, tomado en un plazo no superior a 72 horas previas a su ingreso o un examen de antígeno negativo para detectar el SARS-CoV2, tomado en un establecimiento autorizado por la autoridad sanitaria en un plazo no superior a 48 horas previas a su ingreso. Dichos exámenes serán exigibles a partir de losResolución 3979 EXENTA,
SALUD
N° 1
D.O. 06.11.2021 12 años de edad.
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D.O. 06.11.2021 12 años de edad.
2. En lo demás rija íntegramente la resolución N° 2.607, de 7 de diciembre de 2020 y sus modificaciones posteriores en lo que no sea incompatible con lo resuelto por el presente acto.
Notifíquese, anótese, comuníquese y publíquese.- Eduardo Castillo Vera, Secretario Regional Ministerial de Salud (S) Región de Magallanes y Antártica Chilena.