MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 316 EXENTA (V. Y U.), DE 2021, QUE LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS CORRESPONDIENTE AL MES DE JUNIO DE DICHO LLAMADO A POSTULACIÓN, DEL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE ARRIENDO DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 52 (V. Y U.), DE 2013
Santiago, 8 de julio de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.142 exenta.
Vistos:
a) El DS N° 52 (V. y U.), de 2013, que regula el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda y en particular su artículo 26;
b) La resolución exenta N° 68 (V. y U.), de 2021, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2021 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS N° 52 (V. y U.), de 2013;
c) La resolución exenta N° 316 (V. y U.), de 2021, y sus modificaciones, que llama a postulación en condiciones especiales del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS N° 52 (V. y U.), de 2013, y
Considerando:
a) Que, mediante la resolución exenta N° 316 (V. y U.), de 2021, señalada en el Visto c) precedente, se llamó a postulación en condiciones especiales del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda y se fija el monto total que se destinará al financiamiento del subsidio;
b) Que, la resolución citada en el Visto c), requiere ser modificada para que los procesos de selección estén en concordancia con la nueva fecha de término del período de postulación;
c) Que, se ejecutó el tercer proceso de selección con las personas que efectuaron válidamente su postulación;
d) Los correos electrónicos de fechas 1 y 2 de julio de 2021, del Jefe de División de Política Habitacional y de la Jefa de División Jurídica, respectivamente, que dan cuenta de su conformidad con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente
Resolución:
1. Modifícase el resuelvo 2 de la resolución exenta N° 316 (V. y U.), de 2021, en el sentido de reemplazar la frase "efectuándose tres procesos de selección durante los meses de abril, mayo y junio" por "efectuándose cinco procesos de selección durante los meses de abril, mayo, junio, julio y agosto".
2. Establécese que la resolución exenta N° 316 (V. y U.), de 2021, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
3. Apruébanse las nóminas de postulantes seleccionados correspondientes al mes de junio de 2021, del llamado nacional dispuesto en el resuelvo 1 de la resolución exenta N° 316 (V. y U.), de 2021, del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda regulado por el DS N° 52 (V. y U.), de 2013, en particular según lo establecido en su artículo 27, nóminas que se entenderán formar parte integrante de esta resolución, y fíjase en 13.338 el número de postulantes seleccionados de todo el país, los que se distribuyen regionalmente de acuerdo a la siguiente tablaResolución 2039 EXENTA,
VIVIENDA
N° 3, 3.1
D.O. 30.12.2021:
VIVIENDA
N° 3, 3.1
D.O. 30.12.2021:
. 4. El monto de recursos comprometidos en la selección de postulantes que por este acto se aprueba, del total destinado al financiamiento del llamado en condiciones especiales dispuesto en el resuelvo 16 de la resolución exenta N° 316 (V. y U.), de 2021, del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, es de 277.196,54 Unidades de Fomento, y el remanente para los siguientes seleccionados, es de 338.996,47 Unidades de Fomento, conforme lo indica en la siguiente tablaResolución 2039 EXENTA,
VIVIENDA
N° 3, 3.2
D.O. 30.12.2021:
VIVIENDA
N° 3, 3.2
D.O. 30.12.2021:
. (1) Monto establecido en el resuelvo 16 de la resolución exenta citada en el Visto c).
5. Publíquese en un periódico de circulación nacional y en el sitio web de este Ministerio, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de postulantes seleccionados conforme al resuelvo 3 de esta resolución, las que deberán contener a lo menos el puntaje y el nombre de cada postulante beneficiado con su respectiva cédula de identidad y exhíbanse dichas nóminas en las oficinas de los Serviu.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.