Sustitúyase el inciso quinto del artículo 13 del decreto supremo N° 542, de 30 de diciembre de 2011, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el texto de la autorización a Polla Chilena de Beneficencia S.A. para administrar el sorteo de números que indica, por el siguiente, nuevo:
     
    "Los valores de los premios no cobrados o caducados podrán destinarse a incrementar premios especiales, a la promoción de las ventas o a otra finalidad propia del giro, resguardando la eficiencia en la forma y con las modalidades que el directorio de Polla Chilena de Beneficencia S.A. determine".