APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS AL LLAMADO REGIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, A 2 FAMILIAS DEL CONJUNTO HABITACIONAL BALTAZAR CASTRO DE LA COMUNA DE RANCAGUA

    Núm. 630 exenta.- Rancagua, 30 de junio de 2021.
     
    Visto:
     
    a) Ley Nº 21.289 publicada en el Diario Oficial con fecha 16 de diciembre 2020, que establece la Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021;
    b) Las facultades que me confiere del decreto supremo Nº 397, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, del año 1976, publicado en el Diario Oficial el 8 de febrero de 1977, que establece el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, y sus modificaciones;
    c) El DS Nº 49 (V. y U,), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en especial lo dispuesto en el artículo 21, relativo a la realización de llamados a concurso en condiciones especiales;
    d) La resolución exenta Nº 68 (V. y U.), de fecha 22 de enero de 2021, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2021 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011;
    e) Decreto supremo Nº 34, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 18 de abril de 2018, que nombra al Sr. Seremi a contar del 22 de marzo de 2018, cuyo trámite de Toma de Razón, data de fecha 24 de octubre 2018;
    f) La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que establece normas de exención de trámite de Toma de Razón;
    g) Resolución Nº 262, de fecha 4 de marzo de 2021, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, la cual autoriza a llamar a concurso en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones para familias de la comuna de Rancagua, en la Región del L.B. O'Higgins;
    h) Resolución exenta Nº 226, de fecha 10 de marzo de 2021, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de O'Higgins, la cual llama a concurso en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, Regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, para familias de la comuna de Rancagua, en la Región del L.B. O'Higgins:
    i) Resolución exenta Nº 751, de fecha 3 de junio de 2021, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, la cual autoriza nuevo plazo de selección en llamado a concurso en condiciones especiales autorizado por resolución exenta Nº 262 (V. y U.), de 2021, para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, para familias de la comuna de Rancagua, en la Región del L.B. O'Higgins;
    j) Resolución exenta Nº 556, de fecha 14 de junio de 2021, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, la cual aprueba nómina de postulantes seleccionados al Llamado Regional en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, Regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, a familias del Conjunto Habitacional Baltazar Castro de la comuna de Rancagua;
    k) Ordinario Nº 1632, de fecha 29 de junio de 2021, emitido por Serviu Región de O'Higgins, la cual solicita Asignación de 2 subsidios habitacionales a familias del Conjunto Habitacional Baltazar Castro, Comuna de Rancagua.
     
    Considerando:
     
    a) Que, mediante resolución exenta Nº 751, de fecha 3 de junio de 2021, mencionada en visto letra i) de la presente resolución, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo autorizó a la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región del L.B. O'Higgins, para establecer como nuevo plazo de selección de los beneficiarios del Llamado en condiciones especiales para otorgar subsidios del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, hasta el día 30 de junio de 2021.
    b) Que, mediante el oficio Nº 1632, de fecha 29 de junio de 2021, el Serviu O'Higgins, envía la nómina faltante de las familias seleccionadas en el llamado regional que otorga subsidios habitacionales a familias del Conjunto Habitacional Baltazar Castro, de la comuna de Rancagua.
    c) Que, en el contexto de pandemia que estamos viviendo, la comuna de Rancagua se encuentra en Fase 1 Cuarentena, por lo que no se ha podido cumplir con todos los documentos que fueron requeridos a los postulantes, razón por la cual se condiciona la entrega del beneficio a previa entrega de los siguientes documentos:
     
    - Declaración Jurada Simple de Postulación DS Nº 49.
    - Mandato para percibir, firmado ante Notario.
    - Declaración Jurada que autoriza descuento del monto expropiatorio por concepto de saldos pendientes en servicios de agua potable, luz eléctrica y/o basura domiciliaria, firmada ante Notario.
     
    d) Que, el decreto supremo Nº 34, individualizado en el visto letra Nº e), del presente acto administrativo, designó al suscrito en calidad de Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, tomado de razón con fecha 24 de octubre 2018.
    e) Conforme a la interpretación de los vistos y considerandos precedentes determina la dictación de lo siguiente:
     
    Resolución:

     
    1.- Apruébese la siguiente nómina seleccionada en el Llamado Regional en Condiciones Especiales para el otorgamiento de Subsidios Habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, Regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, del Conjunto Habitacional Baltazar Castro de la comuna de Rancagua.
     

    a)Resolución 229 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1
D.O. 30.12.2022
Asígnese un subsidio habitacional base de hasta 900 UF, a cada uno de los participantes seleccionados en el Llamado Regional en condiciones especiales del Conjunto Habitacional Baltazar Castro, de la comuna de Rancagua. El monto total del subsidio habitacional, será el que resulte de descontar de las 900 UF el valor que percibe el beneficiario por concepto de expropiación.
    b) Asígnese un subsidio de habilitación de hasta 80 UF, que podrá ser utilizado para obras de demolición, de acuerdo a lo señalado en el artículo 35 letra h) del DS N° 49 (V. y U.) de 2011. Corresponderá al Serviu de la Región del L.B. O'Higgins determinar los mecanismos de pago del subsidio para demolición.
    c) Asígnese a las familias beneficiadas mediante el llamado especial, que no sean dueñas de otra vivienda, un monto de subsidio de albergue transitorio de hasta 46 UF, de acuerdo a las condiciones señaladas en el artículo N° 27, del DS N° 49 (V. y U.), de 2011.
    d) Asígnese un monto de subsidio de hasta 12 UF. para el pago por los servicios de Asistencia Técnica y las labores de Fiscalización Técnica de Obras, según se establece en la resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda.
     
    2.- Se condiciona la Entrega del Beneficio a previa entrega de los siguientes documentos:
     
    - Declaración Jurada Simple de Postulación DS Nº 49.
    - Mandato para percibir, firmado ante Notario.
    - Declaración Jurada que autoriza descuento del monto expropiatorio por concepto de saldos pendientes en servicios de agua potable, luz eléctrica y/o basura domiciliaria, firmada ante Notario.
     
    3.- Impútese el monto de 2.076 Unidades de Fomento asignado en esta resolución exenta, a los recursos autorizados a la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, para el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda del año 2021. Dicho monto está dentro de lo dispuesto en Llamado Regional de Res. Ex. Nº 226, de 10.03.2021.
     


    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Francisco Javier Ravanal González, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.