I. Modifíquese, los plazos correspondientes a los procesos y fases de postulación y selección descritos en el resuelvo Nº 1 de la Res. Ex. Nº 462 de fecha 2 de junio de 2021, por los siguientes:
   
    II. En todo lo no modificado por el presente acto administrativo, la Res. Ex. Nº 462 de fecha 2 de junio de 2021 de la Seremi Minvu de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, mantiene su total vigencia.
    III. Déjese sin efecto la resolución exenta Nº 637, de fecha 2 de julio de 2021, de esta Seremi Minvu, por los argumentos dados en el considerando d) de la presente.