REEMPLAZA COMO NORMAS OFICIALES DE LA REPÚBLICA DE CHILE LAS NORMAS TÉCNICAS QUE INDICA
    Santiago, 26 de julio de 2021.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 33 exento.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el artículo 4° del DL N° 1.305 de 1975; el DFL N° 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y
     
    Considerando:
     
    a) Que el numeral 3° del artículo 2° de la ley 16.391, que Crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, dispone como una de sus funciones la de "Dictar ordenanzas, reglamentos e instrucciones generales sobre urbanización de terrenos, construcción de viviendas, obras de equipamiento comunitario, desarrollo y planificación urbanos y cooperativas de vivienda".
    b) Que el artículo 4° del DL N° 1.305, de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, establece en su inciso primero que "Corresponderá al Ministerio formular y supervigilar las políticas nacionales en materia habitacional y urbanística y las normas técnicas para su cumplimiento, como asimismo la administración de los recursos que se le hayan entregado y la coordinación y evaluación metropolitana y regional en materia de vivienda y urbanismo".
    c) Que, a su turno, el DFL N° 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, en su artículo 2°, al definir los niveles de acción de la legislación de carácter general establecida por ella, señala como uno de ellos "Las Normas Técnicas, que contienen y definen las características técnicas de los proyectos, materiales y sistemas de construcción y urbanización, de acuerdo a los requisitos de obligatoriedad que establece la Ordenanza General. Las normas técnicas de aplicación obligatoria deberán publicarse en internet y mantenerse a disposición de cualquier interesado de forma gratuita".
    d) Que, adicionalmente, el artículo 3° de la misma Ley General, establece en su inciso cuarto la facultad de este Ministerio de "aprobar por decreto supremo las Normas Técnicas que confeccionare el Instituto Nacional de Normalización y las normas sobre Pavimentación", agregando para este último caso que estos decretos supremos se dictarán por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, por orden del Presidente de la República.
    e) Que, en virtud de lo señalado, fueron declaradas Normas Oficiales de la República de Chile las Normas que se singularizarán, las que por este acto son reemplazadas por aquellas que se señalarán a continuación.
     
    Decreto:

     
    1°.- Reemplázanse las Normas Oficiales de la República de Chile que se indican a continuación, por las que se singularizan correlativamente, y apruébanse estas últimas y decláranse como Normas Oficiales de la República de Chile, las que se adjuntan al presente decreto y se entenderán formar parte integrante del mismo.
    Por tanto, deróganse las normas siguientes:
    a) NCh684:1978 Coordinación modular de la construcción - Vocabulario y representación gráfica, declarada Norma Oficial de la República por decreto N° 542, de fecha 8 de agosto de 1978, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 8 de septiembre de 1978.
    b) NCh744:1978 Coordinación modular de la construcción - Posición de los componentes de la construcción con respecto a la cuadrícula modular de referencia, declarada Norma Oficial de la República por decreto N° 542, de fecha 28 de agosto de 1978, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 8 de septiembre de 1978.
    c) NCh346:1978 Coordinación modular de la construcción - Módulo normal, declarada Norma Oficial de la República por decreto N° 126, de fecha 15 de febrero de 1978, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 3 de marzo de 1978.
    d) NCh743:1978 Coordinación modular de la construcción - Módulos de proyecto, declarada Norma Oficial de la República por decreto N° 126, de fecha 15 de febrero de 1978, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 3 de marzo de 1978.
    e) NCh685:1978 Coordinación modular de la construcción - Serie normal de dimensiones modulares, declarada Norma Oficial de la República por decreto N°126, de fecha 15 de febrero de 1978, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 3 de marzo de 1978.
    f) NCh1399:1978 Coordinación modular de la construcción - Principios y reglas, declarada Norma Oficial de la República por decreto N° 126, de fecha 15 de febrero de 1978, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 3 de marzo de 1978.
    g) NCh1470:1978 Coordinación modular de la construcción - Dimensiones de coordinación horizontales de control - Líneas de referencias, declarada Norma Oficial de la República por decreto N° 126, de fecha 15 de febrero de 1978, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 3 de marzo de 1978.
    h) NCh710:1970 Arquitectura y construcción - Coordinación modular - Alturas libres interiores y espesores de entrepiso en viviendas, declarada Norma Oficial de la República por decreto N° 666, de fecha 30 de octubre de 1970, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 24 de noviembre de 1970.
     
    Reemplázanse dichas normas derogadas por las siguientes:
     
    1) NCh3509/1:2018 Coordinación modular en edificaciones - Parte 1: Principios generales.
    2) NCh3509/2:2018 Coordinación modular en edificaciones - Parte 2: Alturas piso a piso y alturas piso a cielo.
    3) NCh3509/3:2019 Coordinación modular en edificaciones - Parte 3: Coordinación de tamaños y tamaños preferidos para escaleras y aberturas para escaleras.
    4) NCh3509/4:2019 Coordinación modular en edificaciones - Parte 4: Coordinación de tamaños y tamaños preferidos para conjunto puerta.
    5) NCh3509/5:2018 Coordinación modular en edificaciones - Parte 5: Coordinación de tamaños y tamaños preferidos para conjunto ventana.
    6) NCh3509/6:2019 Coordinación modular en edificaciones - Parte 6: Coordinación de tamaños y tamaños preferidos para placas lisas rígidas.
    7) NCh3509/7:2019 Coordinación modular en edificaciones - Parte 7: Coordinación de tamaños y tamaños preferidos para revestimiento de cubierta tipo teja.
    8) NCh3509/8:2019 Coordinación modular en edificaciones - Parte 8: Coordinación de tamaños y tamaños preferidos para revestimientos de muro y piso.
    9) NCh3509/9:2019 Coordinación modular en edificaciones - Parte 9: Coordinación de tamaños y tamaños preferidos para mobiliario.
    10)NCh3509/10:2019 Coordinación modular en edificaciones - Parte 10: Coordinación de tamaños y tamaños preferidos para componentes de hormigón armado.
     
    2°.- El presente decreto se publicará en el Diario Oficial, y las normas identificadas en él tendrán vigencia una vez cumplido el plazo de seis meses a partir de la fecha de dicha publicación. El texto íntegro de las normas será publicado en documentos del Instituto Nacional de Normalización.
     
    3°.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de dichas normas, debidamente certificadas su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares al Ministerio de Vivienda y Urbanismo y a la Biblioteca Nacional.
     
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.