RECTIFICA RESOLUCIÓN Nº 877 EXENTA, DE 2021, DE LA SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES

    Santiago, 14 de julio de 2021.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
    Núm. 1.388 exenta.
     
    Vistos:
     
    a) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
    b) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
    c) La ley Nº 20.471, de 2010, que Crea Organismo Implementador para la Portabilidad Numérica;
    d) El decreto supremo Nº 747, de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Plan Técnico Fundamental de Numeración Telefónica, y sus modificaciones;
    e) La resolución exenta Nº 340, de 2010, de la Subsecretaría, que establece especificaciones técnicas para la implantación de la Portabilidad del Número de Suscriptor y Cliente Prepago en la Red Pública Telefónica Local, Móvil y del mismo Tipo, y de la Portabilidad de Servicio Complementario;
    f) La resolución exenta Nº 877, de 2021, de la Subsecretaría, que Asigna códigos identificadores de la red de origen y destino de la llamada (IDO/IDD) en ambiente de portabilidad numérica para la concesionaria que indica;
    g) La ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado;
    h) La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;
    i) El decreto Nº 1, de 2020, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que otorga la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones de Larga Distancia Internacional a Sociedad de Telecomunicaciones y Servicios SpA.
     
    Considerando:
     
    a) Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 62º de la ley Nº 19.880, la autoridad administrativa podrá, de oficio o a petición del interesado, rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieren de manifiesto en un acto administrativo.
    b) Que, resulta necesario rectificar la resolución exenta Nº 877, de 2021, citada en la letra f) de los vistos, en el sentido de citar correctamente el decreto que otorga concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones de Larga Distancia Internacional a Sociedad de Telecomunicaciones y Servicios SpA, y en uso de mis facultades,
     
    Resuelvo:

     
    Rectificar la resolución exenta Nº 877, de 2021, en el sentido de reemplazar la letra h) de los vistos por el siguiente:
     
    "h) El decreto Nº 1, de 2020, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que otorga la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones de Larga Distancia Internacional a Sociedad de Telecomunicaciones y Servicios SpA;".
     
    Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Adolfo Oliva Torres, Jefe División Política Regulatoria y Estudios.