Artículo 49.- Agrégase en el artículo 3 de la ley N° 16.752, que fija organización y funciones y establece disposiciones generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil, la siguiente letra z), nueva:
"z) Declarar las alertas de origen meteorológico, su nivel y cobertura, y comunicarlas en forma oportuna y suficiente al Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, en la forma que determinen los protocolos generados para estos efectos.".