DESIGNA MIEMBRO TITULAR, MIEMBRO SUBROGANTE Y SECRETARIO TÉCNICO EN EL COMITÉ PARA LA FIJACIÓN DE LÍMITES A LAS TASAS DE INTERCAMBIO

    Núm. 259 exenta.- Santiago, 6 de agosto de 2021.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en el artículo 23 del DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 21.365, que fija las tasas de intercambio máximas a ser cobradas por los emisores en el mercado de medios de pago a través de tarjetas de crédito, débito y prepago; en el decreto supremo N° 31, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y, en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    1. Que, con fecha 6 de agosto de 2021, se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.365, que fija las tasas de intercambio máximas a ser cobradas por los emisores en el mercado de medios de pago a través de tarjetas de crédito, débito y prepago (en adelante, la "Ley de Tasas de Intercambio"), mediante la cual en su artículo 3 creó el Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio (en adelante, el "Comité"), cuya función consiste en determinar los límites a las tasas de intercambio aplicables a transacciones con tarjetas, entre emisores y operadores, correspondientes a la venta de bienes o la prestación de servicios por entidades afiliadas en el país, sea que los pagos respectivos se realicen en forma directa o por intermedio del respectivo titular de marca de tarjetas.
    2. Que, conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Ley de Tasas de Intercambio, el Comité estará integrado por las siguientes personas: a) un miembro designado por el Ministro de Hacienda; b) un miembro designado por el Consejo del Banco Central de Chile; c) un miembro designado por la Comisión para el Mercado Financiero; y, d) un miembro designado por la Fiscalía Nacional Económica. De acuerdo a su artículo 7, el Comité: "será presidido por el miembro designado por el Ministro de Hacienda".
    3. Que, el ya citado artículo 4 establece que todas las designaciones deberán recaer en funcionarios o empleados de las respectivas instituciones, incluyendo personas contratadas a honorarios o regidas por el Código del Trabajo, de reconocido prestigio por su experiencia y conocimiento en materias económicas, financieras, regulatorias o de libre competencia y que serán designados por las respectivas autoridades mediante resolución que será publicada en el Diario Oficial y que, serán subrogados, por aquellas personas que designen las respectivas autoridades mediante resolución que será publicada en el Diario Oficial, las que se regirán por las mismas reglas aplicables a los miembros titulares.
    4. Que, conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Tasas de Intercambio, un funcionario del Ministerio de Hacienda actuará como secretario técnico del Comité y tendrá la calidad de Ministro de Fe respecto de sus actuaciones, deliberaciones y acuerdos, debiendo levantar acta de cada sesión.
    5. Que, los primeros miembros del Comité y el secretario técnico deben ser designados dentro de los treinta días siguientes a la publicación de la Ley de Tasas de Intercambio, conforme a lo establecido en el artículo primero transitorio de la misma.
     
    Resuelvo:

     
    1. Desígnase Resolución 311 EXENTA,
HACIENDA
N° 1 a), b) y c)
D.O. 10.05.2022
al Sr. Juan Pablo Loyola Mellado, cédula nacional de identidad Nº 17.408.214-6, Asesor de la Coordinación de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, en calidad de miembro titular del Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio.
    2. Desígnase a la Sra. Daniela Buchuk Gómez, cédula nacional de identidad Nº 16.366.572-7, Asesora del Ministerio de Hacienda, en la Coordinación de Finanzas y Asuntos Internacionales, en calidad de miembro subrogante del Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio.
    3. Desígnase al Sr. Diego Veroiza Avello, cédula nacional de identidad Nº 19.729.618-6, Asesor de la Coordinación de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, en calidad de Secretario Técnico del Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio. Sin perjuicio de lo anterior, y para casos excepcionales de ausencia o impedimento del Sr. Diego Veroiza Avello, este será reemplazado, para la sesión respectiva, por otro funcionario del Ministerio de Hacienda, previa comunicación por escrito, dirigida a los integrantes del Comité, por parte del Coordinador de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, en la cual se individualice debidamente a la persona reemplazante.
    4. Derogado.







    Anótese, regístrese, publíquese y archívese.- Rodrigo Cerda Norambuena, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Alejandro Weber Pérez, Subsecretario de Hacienda.