Artículo 1°.- La presente Ordenanza de Participación Ciudadana y Convivencia pretende garantizar el derecho a la participación en la administración comunal de todas las personas del territorio de La Ligua.
    Son fundamentos de esta ordenanza:
     
    El deber ético y jurídico de respetar, promover, defender y garantizar los derechos esenciales de las personas, reconocidos y consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en la Constitución Política de la República de Chile, como en aquellos tratados y convenciones internacionales ratificados por el Estado de Chile.
    La Ley N° 20.500 sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública, que establece el derecho a la participación, consagrado constitucionalmente.
    Esta ordenanza propone forjar los cimientos de una participación cada vez más amplia, y establecer las garantías mínimas que deben asegurar, progresivamente, un mayor y mejor ejercicio del derecho de participación.