Artículo 38°.- Las mesas elegirán democráticamente tres coordinadores/as, sin perjuicio que el Municipio designe un/a profesional responsable de apoyo técnico de la misma. Las mesas podrán, además, solicitar la participación de los responsables y/o profesionales de las distintas áreas del municipio para conocer el detalle de las materias propias de su interés.