Artículo 11.- El teclado deberá cumplir con las siguientes características:
a) Inclinable e independiente de la pantalla para permitir que el teleoperador o teleoperadora adopte una postura cómoda que no provoque cansancio en los brazos o las manos.
b) Existir espacio suficiente delante del teclado para que el usuario pueda apoyar en la mesa el tercio distal de los antebrazos, las muñecas y las manos. De esta forma se evita fatiga y otras lesiones posturales.
c) La disposición del teclado y las características de las teclas deben tender a facilitar su identificación y utilización.