MODIFICA DECRETO Nº 138, DE 2017, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO, QUE CREA EL PREMIO NACIONAL INSPIRA TEC, EN EL SENTIDO QUE INDICA
    Núm. 37.- Santiago, 15 de abril de 2021.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el artículo 32, Nº 6 de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto supremo Nº 138, de 2017, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Crea el Premio Nacional Inspira TEC, y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención de trámite de toma de razón.
    Considerando:
     
    1. Que, mediante decreto supremo Nº 138, de 15 de noviembre de 2017, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se creó el Premio Nacional Inspira TEC, con el objetivo de otorgar un reconocimiento público a las mujeres que hubieren destacado por su participación, desarrollo e investigación en proyectos del área de la economía digital.
    2. Que, la participación de mujeres en el universo de emprendimientos de base STEM (Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas) en Chile es de solo un 4%, cifra considerablemente inferior en comparación a otros países de Latinoamérica, como Argentina (9%), Perú (11%) y Brasil (15%), cifras obtenidas del estudio "WXInsights 2020: El Ascenso de las Mujeres STEMpreneurs", realizado por WeXchange y encargado por BID Lab, el laboratorio de innovación del Banco Interamericano de Desarrollo, brecha que el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo pretende abordar a través del presente premio.
    3. Que, se ha advertido la necesidad de promover la participación de la mujer en la economía por medio del emprendimiento, y además, que dichos emprendimientos sean de calidad y aporten a la innovación y expansión de los mercados, a la generación de empleos y a mejorar los ingresos de las personas.
    4. Que, por tal razón, resulta necesario ampliar el foco y los objetivos del premio antes referido, a fin de otorgar dicho reconocimiento a las mujeres que desarrollen de emprendimientos de base STEM (Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas).
    5. Que, además, se ha advertido la necesidad de flexibilizar la época de entrega del premio fijada en el artículo segundo del aludido decreto, para poder coordinar su otorgamiento con las agendas de otros actores públicos y privados y favorecer su difusión y visibilidad.
     
    Decreto:

    Artículo primero: Modifícase el decreto supremo Nº 138, de 2017, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que crea el Premio Nacional Inspira TEC, en el siguiente sentido:
     
    a) Reemplázase en su artículo primero, la frase "proyectos del área de la economía digital", por "emprendimientos de base STEM (Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas)".
    b) Reemplázase su artículo segundo, por el siguiente artículo: "Artículo segundo: El Premio será otorgado anualmente y será gestionado por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, quien determinará cada año, por medio de resolución, sus condiciones generales, la integración del jurado y sus respectivas categorías, además de presidir el jurado.".
    c) Incorpórase en su artículo tercero, los siguientes incisos segundo y tercero: "La Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño podrá mandatar a título gratuito la gestión y/u organización total o parcial del premio a un organismo público o privado, el que será designado mediante resolución fundada con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9º del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575.
    Lo anterior es sin perjuicio de la eventual contratación de los bienes y servicios necesarios para la ceremonia de premiación que la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño realice con arreglo a la ley Nº 19.886 y su reglamento, en la medida que cuente con la disponibilidad presupuestaria.".
     


    Artículo segundo: En lo no modificado por el presente instrumento, continuarán rigiendo las demás disposiciones contenidas en el decreto supremo Nº 138, de 2017, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Lucas Palacios Covarrubias, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Julio Pertuzé Salas, Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño.

    CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
    División Jurídica
    Cursa con alcance el decreto Nº 37, de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
    Nº E129411/2021.- Santiago, 13 de agosto de 2021.
     
    Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se modifica el decreto Nº 138, de 2017, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que crea el Premio Nacional Inspira TEC, por encontrarse ajustado a derecho.
    Sin perjuicio de lo anterior, cabe hacer presente que lo señalado en la letra c) del artículo primero del instrumento que se analiza no puede implicar que terceros asuman el ejercicio de las funciones propias del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, de conformidad con lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 88, de 1953, del Ministerio de Hacienda, y en las leyes Nºs. 14.171, 20.416, 20.423 y 21.105.
    Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del decreto del epígrafe.
     
    Saluda atentamente a Ud., Jorge Andrés Bermúdez Soto, Contralor General.

Al señor
Ministro de Economía, Fomento y Turismo
Presente.