Artículo 23.- Finalmente, en la etapa relativa al resultado de la reposición, este será informado a través de la página web al publicarse los resultados respectivos, momento en el que se actualizará, de ser procedente, el resultado.
    Por su parte, los estudiantes que ingresen a carreras o programas de estudio dirigidas a profesionales o licenciados, deberán firmar en ese momento una declaración jurada indicando que no poseen título o que su título es compatible con el beneficio estudiantil asociado al financiamiento para la gratuidad.