Artículo tercero: En el artículo Décimo primero elimínese el numeral 1 y reemplácese el numeral 2 por el siguiente: "Oficios de respuestas a requerimientos de informes y demás documentos de la Contraloría General de la República, en aquellos casos que tenga interés esta Subsecretaría, salvo respecto de los actos administrativos y toda otra documentación sobre materias de personal y contratación administrativa de suministro de bienes y prestación de servicios".