MODIFÍCASE RESOLUCIÓN Nº 341 EXENTA, DE FECHA 21 DE SEPTIEMBRE DE 2016, QUE CREÓ LA OFICINA DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN "OFICINA RVM CATEDRAL", COMO LA QUE LA MODIFICA, RESOLUCIÓN Nº 359 EXENTA, DE FECHA 6 DE OCTUBRE DE 2016, Y LA QUE LA COMPLEMENTA, RESOLUCIÓN Nº 324 EXENTA, DE FECHA 6 DE AGOSTO DE 2018, Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 2.765 EXENTA, DE FECHA 17 DE OCTUBRE DE 2016, QUE ASIGNA FUNCIÓN DE OFICIAL CIVIL ADJUNTO PARA LA OFICINA DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN "OFICINA RVM CATEDRAL" Y RESOLUCIÓN Nº 324, DE FECHA 6 DE AGOSTO DE 2019, SEGÚN SE INDICA
Santiago, 4 de agosto de 2021.- Hoy se resolvió lo siguiente:
Núm. 243 exenta.
Vistos:
Lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el artículo 7º, letras d) y t) de la Ley Nº 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; en la Ley Nº 21.180, de Transformación Digital del Estado; en el DFL Nº 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y del Ministerio de Justicia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.290, de Tránsito; en el decreto Nº 22, de 2021, del Ministerio de Justicia, que Aprueba Reglamento del Registro de Vehículos Motorizados; en el decreto Nº 23, de 2021, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que Aprueba el Reglamento del Registro Especial de Remolques y Semirremolques; en la resolución exenta Nº 341, de fecha 21 de septiembre de 2016, que creó la Oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación "Oficina RVM Catedral"; en la resolución exenta Nº 359, de fecha 6 de octubre de 2016, que "Modifica resolución exenta Nº 341 de 21 de septiembre de 2016 que creó la Oficina de Registro Civil e Identificación "Oficina RVM Catedral"; en la resolución exenta Nº 324 de fecha 6 de agosto de 2018, complementa resolución Nº 341 de fecha 21 de septiembre de 2016; en la resolución exenta Nº 2.765, de fecha 17 de octubre de 2016, que asigna función de Oficial Civil Adjunto para la Oficina de Registro Civil e Identificación "Oficina RVM Catedral"; en la resolución exenta Nº 324, de fecha 6 de agosto de 2018, que asigna función de Oficial Civil Adjunto para la Oficina de Registro Civil e Identificación "Oficina RVM Catedral"; en el decreto Nº 739, de 1984, de Justicia, Reglamento del Registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados, y lo señalado en las resoluciones Nºs. 7 y 16, de 2019 y 2020 respectivamente, de la Contraloría General de la República, que Fijan Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
1. Que, mediante resolución exenta Nº 341 de fecha 21 de septiembre de 2016, pronunciada en el contexto del proceso de modernización del Estado y de la puesta en marcha del Sistema de Primera Inscripción Electrónica de Vehículos Motorizados (SPIEV) y el Sistema de Transferencia Electrónica de Vehículos Motorizados (STEV), se creó la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación "Oficina RVM Catedral" dentro de la circunscripción de Santiago, con sede en la misma comuna, cuyo objeto es recibir y procesar solicitudes de primera inscripción de vehículos nuevos y sin uso en el Registro de Vehículos Motorizados, a través de medios automatizados, fundadas en facturas electrónicas de primera venta emitidas por importadores y concesionarios que comercializan vehículos motorizados nuevos y sin uso. Asimismo, corresponde a la referida oficina la recepción y el procesamiento de las solicitudes de transferencia de vehículos usados en el Registro de Vehículos Motorizados, fundadas en contratos de compraventa autorizados notarialmente, facturas electrónicas de transferencia, escrituras públicas y los demás documentos complementarios que legal y reglamentariamente correspondan.
2. Que, mediante resolución exenta Nº 359 de fecha 6 de octubre de 2016, se modificó la resolución exenta Nº 341 de fecha 21 de septiembre de 2016, en el sentido de ampliar su objeto, con el fin que la "Oficina RVM Catedral" pueda recibir y procesar también, a través de medios automatizados, las solicitudes de anotación fundadas en sentencias o resoluciones judiciales, instrumentos privados, contratos privados o escrituras públicas, debidamente autorizados con firma electrónica avanzada y los demás documentos complementarios que correspondan legal y reglamentariamente; documentos estos que podrán, según corresponda, fundar la inscripción de anotaciones de gravámenes, prohibiciones, embargos, medidas precautorias, arrendamientos con opción de compra u otros títulos que otorguen la tenencia material de los vehículos y sus respectivos alzamientos, así como las alteraciones en los vehículos que los hagan cambiar su naturaleza, sus características esenciales, o que los identifican, como asimismo su abandono, destrucción o su desarmaduría total o parcial o la cancelación de la inscripción.
3. Que, por resolución exenta Nº 2.765, de fecha 17 de octubre de 2016, que asigna función de Oficial Civil Adjunto para la Oficina de Registro Civil e Identificación "Oficina RVM Catedral", a los funcionarios que en ella se individualizan, quienes tendrán la calidad de Ministro de Fe encargado de todas las funciones y actuaciones del Servicio que se realicen, en el ámbito de su competencia, dentro de la circunscripción correspondiente. Pudiendo hacer uso, indistintamente, de todas las facultades que les confiere la resolución de creación de la Oficina de RVM Catedral y las resoluciones exentas Nº 359, de 6 de octubre de 2016, modificatoria y Nº 324 de fecha 6 de agosto de 2018, que la complementa.
4. Que, mediante resolución exenta Nº 324 de fecha 6 de agosto de 2018, se complementó la resolución exenta Nº 341 de fecha 21 de septiembre de 2016, en el sentido de establecer: Agrégase al numeral 2º de la parte resolutiva de la resolución exenta Nº 341 de fecha 21 de septiembre de 2016, que creó la Oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación "Oficina RVM Catedral", el siguiente texto: "Sin perjuicio de lo indicado precedentemente, por razones logísticas y de optimización de recursos, la "Oficina RVM Catedral" a través de la Unidad de Coordinación y Distribución de Placas Patentes Únicas, proporcionará un stock de éstas a las distintas Direcciones Regionales que conforman el Servicio de Registro Civil e Identificación, las que serán responsables de la custodia y entrega de aquellas directamente en sus puntos de acopio a los usuarios de las empresas previamente acreditados".
5. Que, la Ley Nº 21.180, de Transformación Digital del Estado introduce modificaciones a la Ley Nº 18.290 de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y del Ministerio de Justicia, promulgado el año 2007 y publicado el año 2009, que en lo pertinente dispone respecto al artículo 39º de la Ley Nº 18.290, de Tránsito, "Reemplázase, en el inciso primero la palabra "mecanizado" por "electrónico", lo que generará que el actual sistema mecanizado del Registro de Vehículos Motorizados, sea sustituido por un sistema electrónico, por medio del cual deberán verificarse todas las solicitudes y trámites requeridas ante el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación.
6. Que, al tenor de lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 1º del decreto Nº 23 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que aprueba el Reglamento del Registro Especial de Remolques y Semirremolques, publicado en el Diario Oficial con fecha 29 de marzo de 2021, y en el inciso 2º del artículo 1º del decreto Nº 22 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que aprueba el Reglamento del Registro de Vehículos Motorizados, publicado en el Diario Oficial con fecha 22 de abril de 2021, se entenderá por sistema electrónico al mecanismo automatizado y en línea que, a través de una Oficina Electrónica Única, permitirá, de manera remota, la presentación y gestión de solicitudes de primera inscripción, transferencia, anotaciones, rectificaciones administrativas y cancelaciones en el Registro de Vehículos Motorizados y en el Registro Especial de Remolques y Semirremolques, y la incorporación de los antecedentes de estas solicitudes al Repositorio Digital.
7. Que, para dar cumplimiento a las exigencias legales y reglamentarias señaladas en los Vistos de la presente resolución, y permitir la pronta implementación del sistema electrónico del Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, se hace necesario modificar la denominación de la "Oficina RVM Catedral" y extender su competencia a todo el territorio nacional.
8. Que, en mérito de lo expuesto y en uso de las facultades que me concede la normativa vigente,
Resuelvo:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 341, de fecha 21 de septiembre de 2016, que creó la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación "Oficina RVM Catedral" y las que la modifican y complementan respectivamente, esto es, resolución exenta Nº 359, de fecha 6 de octubre de 2016 y resolución exenta Nº 324, de fecha 6 de agosto de 2018, en el sentido que se indica a continuación.
2. Cámbiese la denominación "Oficina RVM Catedral", por la de "Oficina Electrónica Única" del Servicio de Registro Civil e Identificación.
3. Amplíese la competencia jurisdiccional de la Oficina Electrónica Única, a nivel nacional, debiendo así estar encargada de recibir y procesar las solicitudes de primera inscripción, transferencia, anotaciones, rectificaciones administrativas y cancelaciones de inscripciones de vehículos motorizados, de todo el país y que se tramitarán a través del sistema electrónico del Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación.
4. La "Oficina Electrónica Única", mediante el sistema electrónico, asignará el número de repertorio y fecha de presentación de cada una de las solicitudes que se requieran ante el Registro de Vehículos Motorizados y ante el Registro Especial de Remolques y Semirremolques, lo que permitirá la individualización de la solicitud ingresada, para todos los efectos que sean pertinentes.
5. La entrega de Placas Patentes Únicas, derivada de solicitudes de primeras inscripciones de vehículos nuevos y sin uso, requeridas a través del Sistema Electrónico del Registro de Vehículos Motorizados, se realizará en las oficinas del Servicio, que mediante resolución determine el Director Nacional, debiendo la Unidad de Coordinación y Distribución de Placas Patentes Únicas, proporcionar un stock de éstas a las distintas Direcciones Regionales que conforman el Servicio de Registro Civil e Identificación, las que serán responsables de la custodia y entrega de aquellas a las oficinas determinadas dentro de cada región del país.
6. La "Oficina Electrónica Única" estará a cargo de un Oficial Civil Adjunto, quien tendrá la calidad de Ministro de Fe encargado de todas las funciones y actuaciones del Servicio que se realicen, en el ámbito de su competencia. El o los funcionarios designados en tal carácter, podrán hacer uso, indistintamente, de todas las facultades que les confiere la resolución de creación de la Oficina RVM Catedral y las resoluciones exentas Nº 359 de 6 de octubre de 2016, modificatoria y Nº 324 de fecha 6 de agosto de 2018, que la complementa. Asimismo, tendrán bajo responsabilidad el Libro Repertorio e índice electrónicos del Registro de Vehículos Motorizados, debiendo cerrarlo diariamente, dejando constancia del número de actuaciones efectuadas en el día.
7. Déjase sin efecto la resolución exenta Nº 2.765, de fecha 17 de octubre de 2016, que asigna la función de Oficial Civil Adjunto para la Oficina de Registro Civil e Identificación "Oficina RVM Catedral", y resolución exenta Nº 324 de fecha 6 de agosto de 2018, que asigna la función de Oficial Civil Adjunto para la Oficina de Registro Civil e Identificación "Oficina RVM Catedral".
Anótese y publíquese.- Sergio Mierzejewski Lafferte, Director Nacional.