DESIGNA DIRECTOR SUPLENTE DEL FONDO DE INFRAESTRUCTURA S.A., A PERSONA QUE INDICA, DE ACUERDO A LA LETRA B) DEL ARTÍCULO 15 DE LA LEY N° 21.082
Núm. 59.- Santiago, 23 de abril de 2020.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 10 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile.
El decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
El decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.840, de 1964, y del DFL N° 206, de 1960.
La ley N° 21.082 que crea la Sociedad Anónima del Estado denominada "Fondo de Infraestructura S.A.".
La ley N° 18.046, sobre Sociedades Anónimas.
La ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas de exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican.
Considerando:
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 1° de ley N° 21.082, se autorizó al Estado para desarrollar actividades empresariales de financiamiento e inversión referidas a proyectos de infraestructura, así como el desarrollo, a través de terceros no relacionados, de los servicios anexos a los mismos, incluyendo su construcción, ampliación, reparación, conservación y explotación, en conformidad y con estricta sujeción a lo dispuesto en la referida ley.
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2° de la ley N° 21.082, la referida autorización permitió que el Fisco y la Corporación de Fomento de la Producción, constituyeran una sociedad anónima a la que se le denominó "Fondo de Infraestructura S.A.".
Que, por escritura pública de fecha 24 de septiembre de 2018, otorgada ante don Iván Torrealba Acevedo, Notario Titular de la 33ª Notaría de Santiago, fue constituida la sociedad "Fondo de Infraestructura S.A.", inscrita a fojas 75510, número 38768 del año 2018 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago.
Que, de acuerdo al artículo décimo quinto de los Estatutos Sociales del "Fondo de Infraestructura S.A.", y en conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la ley N° 21.082, la administración la ejercerá un Directorio que estará compuesto por cinco miembros titulares, además de sus respectivos suplentes, conforme lo establece el inciso tercero del artículo 18 de la ley N° 21.082.
Que, los dos directores nombrados por el Presidente de la República, conforme lo establecido en la letra a) del artículo 15 de la ley de N° 21.082, serán elegidos de una nómina de cinco candidatos propuesta por el Ministro de Obras Públicas al Presidente de la República, de entre los cuales se designará al Presidente de dicho Directorio. Por su parte, la letra b) del artículo 15 de la ley N° 21.082 establece que tres directores serán nombrados por el Presidente de la República de entre personas de reconocido prestigio profesional o académico por su experiencia y conocimiento en materias referidas al giro del Fondo, a partir de una terna propuesta para cada cargo por el Consejo de Alta Dirección Pública.
Que, mediante oficio reservado N° 89, de fecha 25 de julio de 2019, el Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública remitió al Presidente de la República una terna para la nominación del cargo de Director Suplente con Perfil Financiero/Económico del "Fondo de Infraestructura S.A.".
Que, mediante oficio Gab. Pres. N° 1509, de fecha 9 de octubre de 2019, el Presidente de la República comunicó al Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública, su decisión de seleccionar para el cargo de Director Suplente a don Carlos Ricardo Allimant Antolisei, quien desempeñará la suplencia del Director Titular Perfil Financiero/Económico, don Patricio Sandro Rojas Ramos.
Que, conforme a lo preceptuado en el artículo 3 de la ley N° 19.880, las decisiones escritas que adopte la Administración se expresarán por medio de actos administrativos.
En relación al caso de la especie, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 52 de la ley N° 19.880 y a la jurisprudencia de la Contraloría General de la República (dictámenes N° 34.810, de 2006, N° 42.118, de 2009, N° 20.599, de 2011, entre otros), se ha aceptado excepcionalmente la dictación de actos administrativos que afecten situaciones jurídicas consolidadas, siempre que estos generen consecuencias más favorables para los interesados y no lesionen derechos de terceros.
Que, de acuerdo con lo señalado en el artículo primero transitorio, letra b) de la citada ley N° 21.082, los miembros del primer Directorio que sean designados de acuerdo a la letra b) del inciso 2° del artículo 15 de la referida ley, durarán tres años en su cargo, sin perjuicio de que podrán ser designados por nuevos períodos sucesivos y completos.
Decreto:
Primero: Desígnese, por un período de tres años, a contar del 9 de octubre de 2019, a don Carlos Ricardo Allimant Antolisei, cédula nacional de identidad número 9.109.504-1, ingeniero comercial, como Director Suplente de la sociedad "Fondo de Infraestructura S.A.", conforme a lo indicado en el inciso tercero del artículo 18 en concordancia con la letra b) del artículo 15, ambos de la ley N° 21.082. Se nombra como Director Suplente del Director Titular Perfil Financiero/Económico, don Patricio Sandro Rojas Ramos.
Segundo: Déjese constancia que, por razones impostergables de buen servicio, don Carlos Ricardo Allimant Antolisei, debió asumir su designación en la fecha señalada precedentemente, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
Tercero: Establézcase que en tanto no se determinen las remuneraciones para los directores del "Fondo de Infraestructura S.A.", ellos percibirán sus ingresos en la forma dispuesta en el artículo tercero transitorio de la ley N° 21.082.
Anótese, tómese razón, notifíquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Obras Públicas.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Cristóbal Leturia Infante, Subsecretario de Obras Públicas.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Departamento de Previsión Social y Personal
Área Jurídica
Cursa con alcance el decreto N° 59, de 2020, del Ministerio de Obras Públicas
N° 17.599.- Santiago, 3 de agosto de 2021.
Esta Contraloría General ha dado curso al decreto del rubro, que designa director suplente del Fondo de Infraestructura S.A. a don Carlos Allimant Antolisei, por ajustarse a derecho, no obstante, cumple señalar, tal como se observó en el dictamen N° 24.290, de 2019, y en el oficio N° 17, de 2021, de este origen, que no consta que la constitución de dicha sociedad anónima haya sido aprobada a través del correspondiente acto administrativo, sujeto al trámite de toma de razón, lo que deberá subsanarse a la brevedad.
Saluda atentamente a Ud., Jorge Andrés Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
Al señor
Ministro de Obras Públicas
Presente.