1.- Suspéndase el plazo establecido en el inciso 2º, del artículo 74, del decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, respecto de aquellos vehículos de alquiler que no han podido prestar sus servicios durante el periodo de alerta sanitaria provocada por la enfermedad del coronavirus o COVID-19 y cuyos permisos de circulación no fueron pagados durante el tiempo comprendido entre los años 2020 y 2021, previa solicitud del interesado a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones competente. En consecuencia, dichos vehículos de alquiler no deberán ser cancelados del Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros.
Para acreditar la imposibilidad de haber podido prestar servicios de alquiler durante el periodo antes señalado se deberá adjuntar una declaración jurada del interesado junto a la solicitud respectiva, las que podrán ser presentadas a la Secretaría Regional respectiva a través de medios electrónicos.
2.- Reinscríbanse, previa solicitud del interesado, en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros, por parte de los respectivos Secretarios Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones, los automóviles de alquiler que hayan sido cancelados en aplicación del referido inciso 2º, del artículo 74, del decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y a su respecto se configurase la situación descrita en el resuelvo anterior, es decir, no pudieron prestar servicios de taxis durante el periodo de alerta sanitaria provocada por la enfermedad del coronavirus o COVID-19 (acreditada mediante declaración jurada) y sus permisos de circulación no fueron pagados durante el tiempo comprendido entre los años 2020 y 2021.
3.- Comuníquese la presente resolución exenta a las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones del país. Asimismo, dichas Secretarías Regionales Ministeriales deberán comunicar la presente resolución exenta a las municipalidades de su región.