RECTIFICA DECRETO N° 36 EXENTO, DE 2021, DE LA SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
Núm. 818 exenta.- Santiago, 17 de agosto de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto supremo N° 28, de 2009, de esta Cartera de Estado; lo señalado en la letra i) del artículo 2° del decreto ley N° 1.028, de 1975, que precisa atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado, en consonancia con las competencias indicadas en la letra o) del artículo 27 del decreto N° 136, de 2004, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; decreto exento N° 132, de 2016; lo establecido en la resolución N° 7, de 2019, de Contraloría General de la República, y
Considerando:
1°.- Que, con fecha 25 de junio de 2021, mediante decreto exento N° 36, del Ministerio de Salud, se aprobó la nueva Norma Técnica N° 213 "Programas Alimentarios" y deja sin efecto la Norma Técnica N° 168 "Programas Alimentarios", aprobada por decreto exento N° 132, de 2016, del Ministerio de Salud.
2°.- Que en el enunciado, considerandos 8 y 9 y, numeral 5° del decreto exento mencionado, se detectó un error manifiesto de escritura referido al número "168".
3°.- Que, la Subsecretaría de Salud Pública, conforme al artículo 27 del decreto supremo N° 136, de 2004, del Ministerio de Salud, tiene la facultad de "o) corregir errores manifiestos de escritura y numéricos en los decretos ya firmados por el Presidente de la República y por el Ministro de Salud o por éste, en su caso".
4°.- Que es necesario corregir el error de escrituración señalado con el fin de que la normativa dictada guarde coherencia con el documento que le dio origen.
5°.- Que, conforme y en mérito de lo anterior, dicto la siguiente:
Resolución:
Rectifícase el decreto exento N° 36, de 2021, del Ministerio de Salud, publicado en el Diario Oficial de 10 de julio del año en curso, reemplazando el número "168" por "186", de acuerdo con lo expresado en el considerando 2° de esta resolución.
Anótese y publíquese.- Paula Daza Narbona, Subsecretaria de Salud Pública.
Transcribo para su conocimiento Res. exenta N° 818 - 17 de agosto de 2021.- Por orden de la Subsecretaria de Salud Pública, Jorge Hübner Garretón, Jefe División Jurídica, Ministerio de Salud.