1. Modifícase la resolución exenta Nº 157 (V. y U.) de fecha 12 de febrero de 2021, en el siguiente sentido:
     
    1.1. Reemplázase la tabla citada en su resuelvo 3, por la siguiente:
   
     
    1.2. Incorpórase en el resuelvo 7, el siguiente nuevo inciso final:
     
    "En el caso de postulaciones individuales de Adultos Mayores, podrán postular personas con un tramo de hasta el 90% de RSH.".
     
    1.3. Incorpórase el siguiente nuevo párrafo al final del resuelvo 24:
     
    "En el caso de Adultos Mayores, se les eximirá de presentar ahorro para postular a los proyectos de este llamado.".
     
    1.4. Incorpórase el siguiente nuevo resuelvo 26:
     
    "En el caso de proyectos postulados a este llamado que no hayan sido desarrollados aplicando la tabla de precios elaborada por el Serviu para el año 2021, una vez seleccionado el proyecto el Director del Serviu, haciendo uso de la facultad establecida en el artículo 32 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, podrá autorizar su modificación para ajustarlo a esos precios. Esta modificación no podrá significar un aumento del presupuesto con que fue seleccionado el proyecto y deberá ser aprobada mediante un acta suscrita por el o los beneficiarios y por un Informe Técnico del Serviu. En caso de que la modificación implique que el proyecto quede desfinanciado, se podrá solicitar a la Seremi la aplicación de la facultad delegada en la letra b) del resuelvo 7 de la resolución Ex. Nº 6.042 (V. y U.) de 2017.".     
     
    2. Apruébanse las nóminas de beneficiados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al primer proceso de selección del llamado a postulación para el año 2021, para el desarrollo de proyectos del Capítulo Segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, efectuado mediante la resolución exenta Nº 157 (V. y U.), de 2021. Las nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de la presente resolución. Asimismo, fíjase el número de postulantes seleccionados por región, según se indica en la siguiente tabla:
     
   
     
    3. Comprométense los recursos disponibles para el primer proceso de selección del llamado a postulación para el año 2021, para el desarrollo de proyectos del capítulo segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, efectuado mediante resolución exenta N° 157 (V. y U.), de 2021, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los Servicios de Asistencia Técnica, para los proyectos beneficiados en este proceso, según la distribución por tipo de proyecto y por región, señalados en el siguiente cuadro:
   
     
    4. El saldo de recursos para el segundo proceso de selección del llamado dispuesto por la resolución exenta N° 157 (V. y U.), de 2021, es de 1.590.163,49 UF y se distribuirá regionalmente.
    5. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial; y publíquese en un periódico de circulación regional en cada región del país, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, aprobadas por el resuelvo número 2, de esta resolución, las que deberán contener a lo menos, la comuna, el tipo de proyecto del cual se trate, el nombre de cada postulante con su respectiva cédula de identidad y el puntaje obtenido por el grupo o persona.