1° Declárese como Humedal Urbano, para efectos de lo dispuesto en la ley N° 21.202, el humedal denominado Humedal Urbano Vegas de Chivilcan, cuya superficie aproximada es de 308,8 hectáreas, ubicado en la comuna de Temuco, Región de la Araucanía.
    2° Establézcase los límites del Humedal Urbano Humedal Vegas de Chivilcan, representados en la cartografía oficial, y que se detallan en coordenadas referenciales UTM según Datum WGS 84, huso 18 sur y son las siguientes:
     
   
     
Para todos los efectos legales, la cartografía oficial, autorizada por el Subsecretario del Medio Ambiente como ministro de fe, forma parte integrante del presente decreto y puede ser consultada en las dependencias del Ministerio del Medio Ambiente, así como en el siguiente enlace    https://humedaleschile.mma.gob.cl/wp-content/uploads/2021/08/Humedal-Vegas-de- Chivilcan.pdf.
    3° Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en la página electrónica del Ministerio del Medio Ambiente.