AUTORIZA A LA SOCIEDAD MARINA DEL SOL CHILLÁN S.A. PARA DAR INICIO A LA OPERACIÓN DEL CASINO DE JUEGO EN LA COMUNA DE CHILLÁN, REGIÓN DE ÑUBLE
El Superintendente de Casinos de Juego (S), Sr. Manuel Zárate Campos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la ley Nº 19.995 y el artículo 47 del decreto Nº 1.722 de 2015, del Ministerio de Hacienda, hoy martes 30 de julio de 2019, certifica lo siguiente:
1. Marina del Sol Chillán S.A., RUT Nº 76.361.688-6, ha dado cabal cumplimiento a las obligaciones que la ley Nº 19.995 y sus reglamentos establecen para dar inicio a sus actividades como sociedad operadora de un casino de juego y sus servicios anexos, como asimismo a las condiciones establecidas en su permiso de operación, otorgado por el Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego, y formalizado mediante resolución exenta Nº 361, de septiembre de 2016, y sus modificaciones posteriores, en lo que respecta al casino de juego y en conformidad con que se dieron por subsanadas las diversas observaciones formuladas mediante resolución exenta Nº 467, de julio de 2019, de esta Superintendencia.
2. A contar de la fecha del presente certificado, y sin perjuicio de su posterior publicación en el Diario Oficial, la sociedad operadora Marina del Sol Chillán S.A. se encuentra habilitada para dar inicio a la operación del casino de juego y los servicios anexos comprendidos en el permiso de operación autorizado.
3. Del mismo modo, a contar de la fecha del presente certificado, la sociedad operadora Marina del Sol Chillán S.A., RUT Nº 76.361.688-6, se encuentra habilitada para dar inicio a la operación y explotación de los siguientes servicios anexos, conforme al permiso de operación autorizado:
a) Restaurante con capacidad para 96 personas;
b) Bar principal con capacidad para 30 personas;
c) Bar en salón VIP con capacidad para 4 personas;
d) Bar en sala de espectáculos para 14 personas;
e) Cafetería con capacidad para 30 personas, a través del Bar principal;
f) Salas de estar con capacidad para un total de 70 personas;
g) Sala de espectáculos con capacidad para 334 personas;
h) Cambio de moneda extranjera.
4. La vigencia de quince años del permiso de operación de Marina del Sol Chillán S.A. rige a contar de la fecha del presente certificado y hasta el 30 de julio de 2034.-
Manuel Zárate Campos, Superintendente de Casinos de Juego (S).