ArtículoDecreto 207,
RELACIONES EXTERIORES
Art. único Nº 5
D.O. 28.05.2025
20 bis.- La División de Derechos Humanos estará integrada por los siguientes departamentos:
   
    a) Departamento de Sistemas Multilaterales de Protección de Derechos Humanos y Asuntos Bilaterales; y
    b) Departamento Contencioso de Derechos Humanos.