MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 529 EXENTA, SEREMI METROPOLITANO DE V. Y U. DEL 11.05.2021, QUE LLAMA A POSTULACIÓN REGIONAL, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL TÍTULO II MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS N°255 (V. Y U.), DE 2006, PARA VIVIENDAS DEL PROGRAMA ESPECIAL DE TRABAJADORES, PET, PARA LAS COMUNAS DE EL BOSQUE, HUECHURABA, LA FLORIDA, LA GRANJA, LA REINA, MAIPÚ, PEÑALOLÉN, PUDAHUEL, PUENTE ALTO, QUILICURA, RECOLETA, RENCA, SAN BERNARDO Y SANTIAGO, DE LA REGIÓN METROPOLITANA
Santiago, 20 de septiembre de 2021.- Hoy se resolvió lo siguiente:
Núm. 1.141 exenta.
Vistos:
1. La Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
2. El decreto supremo N° 255 (V. y U.), de 2006 y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar y en especial lo dispuesto en su artículo 13°.
3. La resolución N° 533 (V. y U.), de 1997, que fija Procedimiento para Prestación de Servicios de Asistencia Técnica a Programas de Viviendas que indica, y deroga la resolución N° 241 (V. y U.), de 1996.
4. La resolución exenta N° 68 (V. y U.), de fecha 1 de febrero de 2021, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2021 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el DS N° 255 (V. y U.) de 2006.
5. La resolución exenta N° 529, de esta Seremi, de fecha 11.05.2021, que llama a postulación regional para proyectos de mejoramiento de viviendas del Título II del DS N° 255 (V. y U.), de 2006, para viviendas del programa habitacional PET, ubicadas en las siguientes comunas de la R.M. El Bosque, Huechuraba, La Florida, La Granja, La Reina, Maipú, Peñalolén, Pudahuel, Puente Alto, Quilicura, Recoleta, Renca, San Bernardo y Santiago.
6. La circular N° 1, de fecha 25 de enero de 2021, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, que informa el Programa Habitacional 2021 de este Ministerio.
7. En la resolución exenta N° 671, de fecha 19 de abril de 2020, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que adopta medidas excepcionales en el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad en el Territorio de Chile.
8. En la resolución exenta N° 1.387 (V. y U.) de fecha 17 de septiembre de 2020, que define condiciones operativas excepcionales en contexto de catástrofe, para la aplicación práctica de subsidios regulados por los DS N° 255 y DS N° 27.
9. El oficio N° 3610, de 17 de marzo de 2020, de la Contraloría General de la República.
10. En la resolución exenta N° 581, de fecha 26 de marzo de 2020, de esta Secretaría Ministerial, que Establece Tramitación Electrónica para este Servicio.
11. En el DS N° 397 (V. y U.) de 1976, que fija el Reglamento de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
12. En el decreto N° 41 (V. y U.), del 18 de diciembre de 2019, que nombra al infrascrito como Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo.
13. En la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija nuevas normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
Considerando:
1. Que, el Ordinario N° 3963 de fecha 7 de septiembre de 2020, mediante el cual la Directora de Serviu Metropolitano, hace presente a esta Seremi, la necesidad de evaluar la realización de un Llamado Especial Regional del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, para vivienda unifamiliar del Programa Especial de Trabajadores (PET), debido a la alta demanda recibida en ese servicio sobre mejoramiento enfocado a la necesidad de aumento de volumen de las viviendas, mediante el cambio y el rediseño del complejo de la techumbre; y sugiere detener el proceso de obsolescencia que presentan actualmente, a través del llamado regional;
2. Que, el Ordinario N° 2757, de fecha 22 de septiembre de 2020, de esta Secretaría Regional Ministerial al Sr. Ministro de Vivienda y Urbanismo, por el que se solicita autorización para efectuar un Llamado Especial Regional del Título II, del Programa de Protección de Patrimonio Familiar; para viviendas unifamiliares del Programa de Subsidio Especial para Trabajadores, en las comunas de El Bosque, Huechuraba, La Florida, La Granja, La Reina, Maipú, Peñalolén, Pudahuel, Puente Alto, Quilicura, Recoleta, Renca, San Bernardo y Santiago;
3. Que, el Ordinario N° 420, de fecha 11 de febrero de 2021, de esta Secretaría Regional Ministerial al Sr. Ministro de Vivienda y Urbanismo, por el que se reitera solicitud de autorización para efectuar Llamado Especial Regional del Título II, del Programa de Protección de Patrimonio Familiar; para viviendas unifamiliares del Programa de Subsidio Especial para Trabajadores, en las comunas de El Bosque, Huechuraba, La Florida, La Granja, La Reina, Maipú, Peñalolén, Pudahuel, Puente Alto, Quilicura, Recoleta, Renca, San Bernardo y Santiago;
4. La solicitud realizada a esta Secretaría Regional Ministerial de parte de la Asesora del Sr. Subsecretario de Vivienda y Urbanismo y el Jefe del Departamento de Atención del Déficit Cualitativo de la División de Política Habitacional del Minvu, en la reunión de fecha 10 de marzo de 2021, respecto a ampliar el universo de postulantes del Llamado de viviendas PET año 2021, considerando la incorporación de viviendas básicas, con la finalidad de permitir participar del concurso a proyectos de mejoramiento de viviendas para un mayor número de familias en la región;
5. El correo de fecha 14 de marzo de 2021, del Jefe del Departamento de Atención del Déficit Cualitativo de la División de Política Habitacional del Minvu, a Serviu Metropolitano, a través del cual solicitó información respecto de Conjuntos Habitacionales correspondientes a Vivienda Básica ubicados en la Región Metropolitana;
6. Que, la resolución exenta N° 520, de fecha 30 de abril de 2021, del Ministro de Vivienda y Urbanismo, autoriza a esta Secretaría Regional Ministerial a efectuar el Llamado Regional del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en condiciones especiales que indica, para proyectos del Título II, focalizado en viviendas unifamiliares para viviendas del Programa de Subsidio Especial para Trabajadores, en las comunas de El Bosque, Huechuraba, La Florida, La Granja, La Reina, Maipú, Peñalolén, Pudahuel, Puente Alto, Quilicura, Recoleta, Renca, San Bernardo y Santiago;
7. Que, la resolución exenta N° 1.373, de fecha 19 de agosto de 2021, del Ministro de Vivienda y Urbanismo, autoriza a esta Secretaría Regional Ministerial a elaborar la modificación de las condiciones del Llamado Regional PET año 2021, considerando la incorporación de viviendas unifamiliares del Programa de Vivienda Básica, regida por el decreto supremo N° 62 (V. y U.) del año 1984, construidas bajo el Reglamento del Sistema de Postulación, Asignación y Venta de Viviendas destinadas a atender Situaciones de Marginalidad Habitacional, en las comunas de El Bosque, Huechuraba, La Florida, La Granja, La Reina, Maipú, Peñalolén, Pudahuel, Puente Alto, Quilicura, Recoleta, Renca, San Bernardo y Santiago;
8. Que, el Artículo 13 y 27 del DS N° 255 (V. y U.) de 2006, delega en las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo la facultad de convocar llamados a concurso para el citado Programa Habitacional, en cuanto a que las resoluciones que dispongan los llamados fijarán las condiciones de postulación y todas aquellas operaciones que incidan en la aplicación práctica del programa ya señalado; y seleccionar mediante resolución; en atención al financiamiento disponible y a los factores de puntajes establecidos para tal efecto;
9. Que, el interés de esta Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, de detener el proceso de obsolescencia habitacional de sectores más vulnerables, de brindar atención a familias cuyas viviendas requieren de reparación por el año de antigüedad de las mismas y su condición de deterioro;
10. Que, se deben potenciar las obras cuya finalidad es incrementar la seguridad de aquellas viviendas; dando énfasis en la zona de cubierta y el complejo de techumbre de las mismas; en especial aquellas que cuentan con presencia de asbesto cemento, las cuales pueden representar un peligro a la salud de las personas en cuanto a su manipulación; considerando el deterioro de su materialidad, la incorporación o modificación de sistema cortafuegos para dar cumplimiento a la normativa vigente, la presencia de filtraciones, el deterioro de instalaciones eléctricas y/o sanitarias, que presenten defectos posibles de reparar y así evitar problemas producidos por fallas en sus servicios, a través de un subsidio en modalidad Mejoramiento de Vivienda, específicamente en Título II del decreto mencionado;
11. Que, existe la necesidad de propiciar un mayor ámbito de alcance del Llamado Regional en condiciones especiales para el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, focalizado en viviendas del Programa de Subsidio Especial para Trabajadores, regulado por la res. ex. N° 529 de fecha 11.05.2021; mediante la incorporación de Viviendas Básicas otorgadas y regidas por el decreto supremo N° 62 (V. y U.) del año 1984, correspondiente al Reglamento del Sistema de Postulación, Asignación y Venta de Viviendas destinadas a atender Situaciones de Marginalidad Habitacional, en las comunas de El Bosque, Huechuraba, La Florida, La Granja, La Reina, Maipú, Peñalolén, Pudahuel, Puente Alto, Quilicura, Recoleta, Renca, San Bernardo y Santiago.
12. Que, las intervenciones a realizar en estas viviendas configuran situaciones de extrema relevancia habitacional para esta Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, dicto la siguiente:
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta N° 529 de la Seremi Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, fecha 11 de mayo de 2021 en el siguiente sentido:
1.1 Reemplázase su Resuelvo 1, por el siguiente:
1. Llámase a postulación regional en condiciones especiales a familias residentes en viviendas unifamiliares pertenecientes al Programa Especial de Trabajadores (PET) y a familias residentes en viviendas unifamiliares correspondientes al Programa de Vivienda Básica, regidas por el decreto supremo N° 62 (V. y U.) del año 1984, construidas bajo el Reglamento del Sistema de Postulación, Asignación y Venta de Viviendas destinadas a atender Situaciones de Marginalidad Habitacional. Localizadas en las comunas de El Bosque, Huechuraba, La Florida, La Granja, La Reina, Maipú, Peñalolén, Pudahuel, Puente Alto, Quilicura, Recoleta, Renca, San Bernardo y Santiago, para el otorgamiento de subsidios del Programa de Protección del Patrimonio Familiar correspondientes al Título II Mejoramiento de la Vivienda, Artículo N° 5, letras b.1) y a modo de complemento b.2) del artículo 5° del DS N° 255, (V. y U.) de 2006, y sus modificaciones, destinados a:
1.2 Reemplázase su Resuelvo 1.4, por el siguiente:
1.4 El presente llamado a concurso, está orientado a dar solución a las problemáticas estructurales y de habitabilidad de las viviendas PET y Viviendas Básicas, razón por la cual se deberá focalizar el subsidio asignado a través de la priorización de partidas. Los proyectos de Seguridad, mencionados en el Resuelvo 1.1 y 1.3 son la primera prioridad establecida a través del complejo techumbre. Como segunda prioridad se encuentran las partidas de Habitabilidad como instalaciones. Finalmente, si el presupuesto lo permite, se podrá desarrollar el mejoramiento de la envolvente con aislación térmica, para luego evaluar cambio de ventanas y puertas.
1.3 Reemplázase su Resuelvo 2., por el siguiente:
2. El presente llamado a concurso considera un proceso de selección, el cual será realizado por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo (Seremi) de la Región Metropolitana mediante resolución, a partir del mes de octubre de 2021, si los proyectos cuentan con calificación Serviu; esto hasta que se acaben los recursos disponibles para el presente llamado. Se indican las fechas correspondientes en el siguiente cuadro:

1.4 Reemplázase su Resuelvo 4.1, por el siguiente:
4.1 Las viviendas unifamiliares adquiridas mediante el Programa Especial de Trabajadores (PET), Programa Especial de Construcción de Viviendas Sociales que organizaron entidades que indica (DS N° 235, de 1985) y las viviendas unifamiliares mediante el Programa de Vivienda Básica, regidas por el DS N° 62 (V. y U.) del año 1984, construidas bajo el Reglamento del Sistema de Postulación, Asignación y Venta de Viviendas destinadas a atender Situaciones de Marginalidad Habitacional. Ejecutado entre los años 1984 y 2006, en la Región Metropolitana y que acrediten recepción final entre los años mencionados.
1.5 Reemplázase su Resuelvo 4.2, por el siguiente:
4.2 Aquellas viviendas unifamiliares PET y Viviendas Básicas que se encuentren ubicadas en las comunas de El Bosque, Huechuraba, La Florida, La Granja, La Reina, Maipú, Peñalolén, Pudahuel, Puente Alto, Quilicura, Recoleta, Renca, San Bernardo y Santiago.
1.6 Reemplázase su Resuelvo 4.4, por el siguiente:
4.4 En el caso de los conjuntos habitacionales, que hayan sido construidos a través del Programa Especial de Trabajadores (PET) o a través del Programa de Vivienda Básica, ubicados en las comunas indicadas en el Resuelvo N° 4.2, que no se encuentren en el registro señalado en el Resuelvo N° 4.3, se aceptarán como parte integrante de la postulación, los documentos señalados en el siguiente párrafo, que acrediten que la vivienda a intervenir fue edificada a través del Programa Especial para Trabajadores, del DS N° 235, año 1985; o a través del Programa de Vivienda Básica, del DS N° 62, año 1984.
Acreditación de Vivienda Objeto: El postulante deberá presentar como mínimo 1 de los documentos señalados a continuación que haga referencia a vivienda PET o a Vivienda Básica. (Si es necesario Serviu podrá solicitar complementar la información):
a) Certificado DOM que acredite que es vivienda PET o Vivienda Básica, con nombre del conjunto habitacional y dirección.
e) Otro documento oficial que señale expresamente que la vivienda fue construida bajo el Programa Especial para Trabajadores, correspondiente al DS N° 235, de 1985; o a través del Programa de Vivienda Básica, del DS N° 62, año 1984.
2. Establécese que la resolución exenta N° 529, de fecha 11.05.2021 de la Seremi de Vivienda y Urbanismo, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución exenta.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Manuel José Errázuriz Tagle, Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo.