MODIFICA RESOLUCIÓN Nº1.534 EXENTA, DE 2008, DE LA SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
Santiago, 20 de septiembre de 2021.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 1.794 exenta.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones;
c) El decreto supremo Nº 747, de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Plan Técnico Fundamental de Numeración Telefónica, y sus modificaciones;
d) La resolución exenta Nº 1.534, de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que estableció Numeración para Servicios de Emergencia y Procedimiento de Asignación correspondiente, y sus modificaciones;
e) La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y
Considerando:
a) Que, mediante ingreso Nº 145298, de 19 de agosto de 2021, el cual complementa el ingreso Nº 6959, de 14 de enero de 2021, la concesionaria de servicio público Telefónica Chile S.A. solicita un número de emergencia para la Ilustre Municipalidad de Isla de Maipo.
b) Que, mediante ingreso Nº 136811, de 3 de agosto de 2021, la concesionaria de servicio público Telefónica Chile S.A. solicita un número de emergencia para la Ilustre Municipalidad de Puchuncaví.
Resuelvo:
Artículo único.- Agréguese al Apéndice de la resolución exenta Nº 1.534, de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, los siguientes números de servicio de emergencia:
1518 Fono La recepción de llamadas por parte
Emergencia de la Unidad de Seguridad Pública
Isla de de la Ilustre Municipalidad de Isla
Maipo de Maipo, ante situaciones de seguridad
y emergencia ciudadana, que ocurran
en la comuna. El personal de dicha
unidad recibirá la llamada y efectuará
la coordinación con Carabineros, Bomberos
o Ambulancias, según requerimiento. Las
acciones concretas e inmediatas que
adoptará la mencionada unidad ante un
llamado de emergencia son: acudir con
vehículos de la Unidad de Seguridad
Pública al lugar donde fueron reportados
los hechos, en el cual se prestará
la primera atención de las víctimas
y se realizará las coordinaciones
necesarias; cierre calles o perímetro
del lugar donde se produzcan los hechos;
y apoyo y contención telefónica de la
persona que está siendo afectada por
un delito, accidente o situación de
emergencia.
1519 Fono La recepción de llamadas atendidas
Emergencia por personal del Departamento de
Puchuncaví Seguridad Pública de la Ilustre
Municipalidad de Puchuncaví,
originadas ante situaciones
de seguridad o emergencia ciudadana
en dicha comuna. Se efectuará la
coordinación con los organismos y
autoridades correspondientes, según
lo requiera la situación.
Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Manuel González Farfán, Jefe División Política Regulatoria y Estudios Subrogante.