III bisResolución 1266 EXENTA,
SALUD
Nº 4 a.
D.O. 04.12.2021
. Sobre las medidas sanitarias en piscinas públicas.
    5 bis. Se deberá exigir el Pase de Movilidad habilitado de que trata el acápite XVI, a todas las personas que ingresen al recinto donde se encuentre una piscina pública, siendo responsable del cumplimiento de esta medida el dueño de dicho recinto.