MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.044 DE 30 DE MARZO DE 2021 QUE PRORROGÓ VIGENCIA DE MEDIDAS SANITARIAS EN LA COMUNA DE CABO DE HORNOS DE LA REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA ANTE EL BROTE DEL COVID-19
Núm. 3.514 exenta.- Punta Arenas, 30 de septiembre de 2021.
Vistos:
La resolución Nº 2.607 de fecha 7 de diciembre de 2020, publicada en el Diario Oficial el día 12 del mismo mes, emitida por la Seremi de Salud de Magallanes sobre medidas sanitarias en la Región de Magallanes ante el brote del Covid-19, modificada por la Res. Nº 309 de 11 de febrero de 2021 que dispuso exigencias sanitarias para la comuna de Cabo de Hornos y prorrogada por las Res. Nº 1.044 de 30 de marzo de 2021, Nº 1.504 de 3 de mayo de 2021, Nº 1.830 de 1º de junio de 2021, Nº 2.154 de 29 de junio de 2021, Nº 2.512 de 29 de julio de 2021 y Nº 3.047 de 31 de agosto de 2021; lo previsto en el DFL Nº 725/69 del Ministerio de Salud, que contiene el Código Sanitario; lo establecido en el DFL Nº 1 de 2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.673 de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; lo dispuesto en la ley Nº 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado; lo previsto en el DS Nº 136/2004 Reglamento Orgánico del Minsal; decreto Nº 4 del 5 de enero de 2020 y sus modificaciones posteriores del Ministerio de Salud que decreta Alerta Sanitaria y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de Salud Pública; la resolución Nº 644 de 15 de julio 2021 que establece el Nuevo Plan Paso a Paso del Minsal; resolución Nº 7 de 2019 de la Contraloría General de la República y sus modificaciones, y el decreto exento Nº 45, de 25 de agosto de 2020, del Ministerio de Salud.
Considerando:
1. Que, por medio de la resolución Nº 2.607 de esta Seremi de Salud, de fecha 7 de diciembre de 2020, se dictaron una serie de medidas sanitarias para enfrentar el brote del Covid-19 en la Región de Magallanes y Antártica Chilena
2. Que, por medio de la resolución Nº 309 de 11 de febrero de 2021, publicada en el Diario Oficial el día 13 de mismo mes, se modificó la Res. Nº 2.607 ya descrita, agregando un nuevo párrafo que dispuso que toda persona que desee ingresar a la comuna de Cabo de Hornos deberá exhibir un examen de RT-PCR negativo para Covid-19, tomado en un plazo no superior a 72 horas previas a su ingreso, medida que regirá hasta el 31 de marzo de 2021, cuya última prórroga fue dispuesta hasta el 30 de septiembre de 2021 por la Res. Nº 3.047 de 31 de agosto de 2021.
3. Que, además se debe considerar que la Res. Nº 1.937 de 9 de junio de 2021, modificó la Res. Nº 2.607 de 7 de diciembre de 2020, disponiendo que además para ingresar a la comuna de Cabo de Hornos es posible hacerlo con un examen de antígeno negativo para detectar el SARS- CoV2, tomado en un establecimiento autorizado por la autoridad sanitaria en un plazo no superior a 48 horas previas a su ingreso y sólo exigible a los mayores de 9 años.
4. Que, atendido lo expuesto precedentemente, esta autoridad viene en dictar lo que a continuación se indica.
Y, en mérito de lo expuesto, dicto la siguiente:
Resuelvo:
1. Modifícase la resolución Nº 1.044 de fecha 30 de marzo de 2021 de la Seremi de Salud de Magallanes y Antártica Chilena, en el siguiente sentido:
Prorróguese hasta el 31 de octubre de 2021 el plazo establecido para exigir un examen de RT-PCR negativo para toda persona que desee ingresar a la comuna de Cabo de Hornos o un examen de antígeno negativo, en los términos ya expuestos.
2. En lo no modificado, rijan íntegramente las resoluciones Nº 2.607 de 7 de diciembre de 2020, Nº 309 de 11 de febrero de 2021, Nº 1.044 de 30 de marzo de 2021, Nº 1.504 de 3 de mayo de 2021, Nº 1.830 de 1º de junio de 2021, Nº 2.154 de 29 de junio de 2021, Nº 2.512 de 29 de julio de 2021 y Nº 3.047 de 31 de agosto de 2021, todas de esta Seremi de Salud.
Notifíquese, anótese, comuníquese y publíquese.- Eduardo Castillo Vera, Secretario Regional Ministerial de Salud Región de Magallanes y Antártica Chilena (S).