MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 325 EXENTA (V. Y U.), DE 2021, Y SUS MODIFICACIONES, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, INTEGRADOS POR PERSONAS DEL PROGRAMA DE ASENTAMIENTOS PRECARIOS DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO, EN LOS MESES DE ABRIL, JUNIO, JULIO, AGOSTO Y NOVIEMBRE DE 2021, Y APRUEBA PROYECTOS SELECCIONADOS EN EL MES DE AGOSTO DE 2021, CORRESPONDIENTE A LOS PROYECTOS CALIFICADOS HASTA EL DÍA 26 DE AGOSTO DE 2021
Santiago, 30 de septiembre de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.535 exenta.
Vistos:
a) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
b) La resolución exenta N° 68 (V. y U.), de fecha 22 de enero de 2021, y su modificación, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2021 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011;
c) La resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
d) La resolución exenta N° 325 (V. y U.), de 2021, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos, integrados por personas del Programa de Asentamientos Precarios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en los meses de abril, junio, julio, agosto y noviembre de 2021, y
Considerando:
1. Que, actualmente están programados los procesos de selección de forma mensual, con los proyectos calificados para dichos efectos hasta los días 14 de abril, 10 de junio, 22 de julio, 26 de agosto y 25 de noviembre de 2021, sin embargo, es necesario aumentar la cantidad de cierres mensuales para que puedan presentarse los proyectos que participen del Llamado a Concurso dispuesto mediante la resolución del Visto d) precedente, por lo que se añadirá un proceso adicional durante el mes de octubre.
2. Que, se detectó la necesidad de ajustar los recursos dispuestos en el llamado a que se convocó mediante la resolución exenta indicada en el Visto d) precedente, en atención a la demanda de postulación recibida y a los recursos disponibles a nivel nacional.
3. Que, la resolución señalada en el Visto d) precedente requería que para el proceso de selección de agosto de 2021, los proyectos de construcción en nuevos terrenos obtuvieran su calificación hasta el día 26 de dicho mes.
4. Los correos electrónicos de fechas 15 y 20 de septiembre de 2021, que dan cuenta de la conformidad del Jefe de División de Política Habitacional y de la Jefa de División Jurídica, respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta N° 325 (V. y U.), de 2021, en el siguiente sentido:
a. lntercálase en la suma, entre los vocablos "agosto" y "noviembre" el texto ", octubre".
b. Agrégase en el Resuelvo 1, a continuación de la fecha "26 de agosto", la correspondiente a ", 28 de octubre".
c. Reemplázase el Resuelvo 6. por el siguiente:
"6. Los recursos destinados a nivel nacional para la selección de las personas postulantes son los señalados en la siguiente tabla:

2. Apruébase la siguiente nómina de proyectos seleccionados, con su respectivo financiamiento total, el cual incluye los servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras identificados en el Resuelvo 6. de la presente resolución, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda en la alternativa de postulación colectiva, para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, en la Región de Antofagasta, correspondiente al proceso de selección del llamado efectuado por resolución exenta N° 325 (V. y U.), de 2021, y sus modificaciones, cuyo cierre de postulación se efectuó el día 26 de agosto de 2021:

3. El detalle de los recursos comprometidos por concepto de subsidio base y subsidios complementarios, para el proyecto seleccionado en el Resuelvo 2., y que por este acto se asignan, se informa en la nómina que se adjunta como anexo y que forma parte integrante de la presente resolución.
4. Asígnase al proyecto seleccionado en el Resuelvo 2. de la presente resolución, por concepto de pago por los servicios de asistencia técnica, por las labores de fiscalización técnica de obra y pago de aranceles al Conservador de Bienes Raíces, los montos expresados en unidades de fomento que se detallan a continuación:

Dichos montos fueron calculados conforme a la resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, mencionada en el Visto c) de la presente resolución: (1) en el caso de los servicios de asistencia técnica, de acuerdo al número de familias postulantes que se beneficiarán por esta resolución, considerando los recursos para asistencia técnica descritos en las tablas insertas en los números 1.1 y 1.2 del numeral 1 del artículo 3° de la citada resolución. Se adiciona además 1 UF por familia, considerando lo señalado en el segundo inciso, del número 1.1. del numeral 1 del citado artículo. Este monto también incorpora los incrementos señalados en las letras a), b), c) y d) del numeral 3 del mismo artículo, referido a densificación en altura o habilitación, factibilización, discapacidad, territorios especiales y localidades aisladas, conforme lo define la referida resolución; (2) en el caso de la fiscalización técnica de obras, de acuerdo a la totalidad de viviendas del proyecto y según mecanismo expresado en el artículo 4° número 17 de la resolución exenta N° 1.875 ya citada.
Mediante resolución del Director del Serviu respectivo, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, establece en las letras e), g), h), i), j) y k) del número 3 de su artículo 3°.
5. Los recursos comprometidos en el Resuelvo 2. y 4. de la presente resolución, para el proyecto seleccionado en el concurso a que se llamó por resolución exenta N° 325 (V. y U.), de 2021, en el cierre de postulación efectuado el día 26 de agosto de 2021, se resume en el siguiente cuadro, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y unidades de fomento comprometidas, considerando los montos de subsidio de los proyectos, incluidos sus respectivos servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras:

6. Los recursos comprometidos para los proyectos seleccionados en el concurso a que se llamó por resolución exenta N° 325 (V. y U.), de 2021, tanto por la presente resolución como por las resoluciones de selección previas, se detallan en el siguiente cuadro para cada región del país convocada, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y unidades de fomento comprometidas, considerando los montos de subsidio de los proyectos, incluidos sus respectivos servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras:

7. Para efectos de la imputación de los recursos comprometidos en el Resuelvo anterior, se descontarán 54.817,43 unidades de fomento de los recursos Sin Regionalizar Identificados en la Circular N° 1 de 2021 de este Ministerio.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.
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