1. Modifícase la resolución exenta Nº 727 (V. y U.), de 2021, en el sentido de reemplazar su resuelvo 1., por el siguiente:
     
    "Delégase en los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo la facultad del inciso tercero del artículo 2º del DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, que reglamenta el Programa de Protección al Patrimonio Familiar, y del inciso final del artículo 26, del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, para el solo efecto de incrementar los montos de subsidios ya asignados, respecto de aquellos contratos de construcción celebrados durante el año 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2021, y que se encuentren vigentes. Esta asignación directa procederá previa solicitud del Serviu respectivo, fundada en el mayor valor de los materiales de construcción, y conforme a la variación de precios producida en dicho mercado, reflejada en las diferencias entre los itemizados de precios elaborado por la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, correspondientes a los años 2020 y 2021, y aprobados por cada Serviu en su respectiva región".
     
    2. En todo lo no modificado por la presente resolución se mantendrá vigente la resolución exenta Nº 727 (V. y U.), de 2 de junio de 2021.