MODIFICA RESOLUCIÓN N° 352 EXENTA (V. Y U.), DE 2021, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS EN LAS REGIONES QUE INDICA Y APRUEBA NÓMINA DEL PROYECTO CALIFICADO AL 29 DE ABRIL DE 2021
Santiago, 7 octubre de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.568 exenta.
Vistos:
a) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
b) La resolución exenta N° 68 (V. y U.), de fecha 22 de enero de 2021, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2021 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011;
c) La resolución exenta N° 352 (V y U.), de fecha 19 de marzo de 2021, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las regiones que indica;
d) La resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, y
Considerando:
a) Que, mediante la resolución señalada en el visto c) precedente, se llamó a concurso en condiciones especiales, a las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y Magallanes y de la Antártica Chilena, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de Postulación Colectiva a proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, que obtuvieran su calificación los días 31 de marzo, 29 de abril, 24 de junio, 31 de agosto y 30 de noviembre, todos de 2021;
b) Que, conforme al procedimiento establecido en el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, corresponde aprobar la selección de las postulaciones presentadas hasta el cierre del día 29 de abril, en el llamado a que se convocó mediante la resolución indicada en el Visto c) precedente, siendo necesario ajustar los recursos dispuestos en la misma;
c) Que es necesario aumentar en uno la cantidad de cierres mensuales, para favorecer la presentación de proyectos que participen del Llamado a Concurso dispuesto mediante la resolución del Visto c) precedente;
d) Los correos electrónicos de fecha 13 y 29 de septiembre del año 2021, que dan cuenta de la conformidad de los Jefes de la División de Política Habitacional y Jurídica, respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta N° 352 (V. y U.), de fecha 19 de marzo de 2021, en el siguiente sentido:
a. Intercálase en el Resuelvo 1. entre las frases "31 de agosto" y " y 30 de noviembre", la frase ", 28 de octubre".
b. Reemplázase la tabla inserta en su Resuelvo 2 por la siguiente:

2. Apruébase la siguiente nómina del proyecto seleccionado con su respectivo financiamiento total, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda en la alternativa de postulación colectiva, para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, correspondiente al proceso de selección cuyo cierre de postulación se verificó el día 29 de abril de 2021, del llamado efectuado por la resolución exenta N° 352 (V. y U.), de 2021:

El detalle de los recursos comprometidos por concepto de subsidio base y subsidios complementarios para el proyecto seleccionado en el presente resuelvo y que por este acto se asignan, se informa en la nómina que se adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente resolución.
3. El monto del subsidio asignado de conformidad con el cuadro señalado en el Resuelvo 2. precedente comprende los siguientes valores por concepto de Servicios de Asistencia Técnica, de Labores de Fiscalización Técnica de Obra y pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces:

Dichos montos fueron calculados conforme a la resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, mencionada en el Visto d) de la presente resolución:
i. En el caso de las Servicios de Asistencia Técnica, de acuerdo al número de familias postulantes que se beneficiarán por esta resolución, considerando los recursos para Asistencia Técnica descritos en las tablas insertas en los números 1.1 y 1.2 del numeral 1 del artículo 3° de la citada resolución. Se adiciona además 1 UF por familia, considerando lo señalado en el segundo inciso, del número 1.1. del numeral 1 del citado artículo. Este monto también incorpora los incrementos señalados en las letras a), b), c) y d) del numeral 3 del mismo artículo, referidos a Densificación en Altura o Habilitación, Factibilización, Discapacidad, Territorios Especiales y Localidades Aisladas, conforme lo define la referida resolución;
ii. En el caso de la Fiscalización Técnica de Obras, de acuerdo a la totalidad de viviendas del proyecto y según mecanismo expresado en el artículo 4° número 17 de la resolución exenta N° 1.875 ya citada.
Mediante resolución del Director del Serviu de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, establece en las letras e), g), h), i), j) y k) del número 3 de su artículo 3°, o cuando corresponda aplicar lo señalado en el inciso segundo del número 8 de su artículo 2°.
4. Los recursos comprometidos en el Resuelvo 2. precedente, para el proyecto seleccionado en el llamado realizado mediante la resolución exenta N° 352 (V. y U.), de 2021, cuyo cierre de postulación se efectuó el día 29 de abril de 2021, se señala en el siguiente cuadro para la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y las Unidades de Fomento comprometidas, considerando los montos de subsidio del proyecto, incluido sus respectivos servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras y recursos disponibles para las otras regiones convocadas en el Llamado a proceso de selección:

Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Guillermo Rolando Vicente, Ministro (S) de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Gilda Espinoza Ahumada, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo (S).
ANEXO ÚNICO
NÓMINA DE PROYECTOS SELECCIONADOS - LLAMADO EFECTUADO MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 352 EXENTA (V. y U.), DE 2021 - SELECCIÓN CIERRE DEL 29/04/2021
