Artículo segundo: Desígnanse como Jefes de la Defensa Nacional, en las zonas señaladas en el artículo anterior, a los miembros de las Fuerzas Armadas que se indican a continuación:
PROVINCIAS DE BIOBÍO Y ARAUCO, REGIÓN DEL BIOBÍO:
Institución: Armada
Grado: Contraalmirante
Apellidos: Parga Balaresque
Nombre: Jorge Eduardo
RUN: 7.839.683-0
PROVINCIAS DE CAUTÍN Y MALLECO, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA:
IDecreto 306,
INTERIOR
Art. único
D.O. 18.12.2021nstitución : Ejército
INTERIOR
Art. único
D.O. 18.12.2021nstitución : Ejército
Grado : General de Brigada
Apellidos : CUÉLLAR Loyola
Nombre : Luis
RUN : 11.565.532-9.
NOTA
El artículo segundo del Decreto 276, Interior, publicado el 27.10.2021, renueva por un plazo adicional de 15 días, a contar del vencimiento del período previsto en el artículo primero del presente decreto, las designaciones de los Jefes de la Defensa Nacional, en las provincias de Biobío y Arauco, en la Región del Biobío, y en las provincias de Cautín y Malleco, en la Región de la Araucanía, a los miembros de las Fuerzas Armadas individualizados en el presente artículo.
El artículo segundo del Decreto 276, Interior, publicado el 27.10.2021, renueva por un plazo adicional de 15 días, a contar del vencimiento del período previsto en el artículo primero del presente decreto, las designaciones de los Jefes de la Defensa Nacional, en las provincias de Biobío y Arauco, en la Región del Biobío, y en las provincias de Cautín y Malleco, en la Región de la Araucanía, a los miembros de las Fuerzas Armadas individualizados en el presente artículo.
NOTA 1
El artículo segundo del Decreto 281, Interior, publicado el 11.10.2021, renueva por un plazo adicional de 15 días, a contar del vencimiento del período previsto en el artículo primero del presente decreto, las designaciones de los Jefes de la Defensa Nacional, en las provincias de Biobío y Arauco, en la Región del Biobío, y en las provincias de Cautín y Malleco, en la Región de la Araucanía, a los miembros de las Fuerzas Armadas individualizados decreto supremo Nº 270, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
El artículo segundo del Decreto 281, Interior, publicado el 11.10.2021, renueva por un plazo adicional de 15 días, a contar del vencimiento del período previsto en el artículo primero del presente decreto, las designaciones de los Jefes de la Defensa Nacional, en las provincias de Biobío y Arauco, en la Región del Biobío, y en las provincias de Cautín y Malleco, en la Región de la Araucanía, a los miembros de las Fuerzas Armadas individualizados decreto supremo Nº 270, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
NOTA 2
El artículo segundo del Decreto 293, Interior, publicado el 26.10.2021, renueva por un período adicional de 15 días las designaciones de los Jefes de la Defensa Nacional en las provincias de Biobío y Arauco, en la Región del Biobío, y en las provincias de Cautín y Malleco, en la Región de la Araucanía, a los miembros de las Fuerzas Armadas individualizados en el decreto supremo Nº 270, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
El artículo segundo del Decreto 293, Interior, publicado el 26.10.2021, renueva por un período adicional de 15 días las designaciones de los Jefes de la Defensa Nacional en las provincias de Biobío y Arauco, en la Región del Biobío, y en las provincias de Cautín y Malleco, en la Región de la Araucanía, a los miembros de las Fuerzas Armadas individualizados en el decreto supremo Nº 270, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
NOTA 3
El artículo segundo del Decreto 302, Interior, publicado el 11.12.2021, renueva por un período adicional de 15 días las designaciones de los Jefes de la Defensa Nacional en las provincias de Biobío y Arauco, en la Región del Biobío, y en las provincias de Cautín y Malleco, en la Región de la Araucanía, a los miembros de las Fuerzas Armadas individualizados en el presente artículo.
El artículo segundo del Decreto 302, Interior, publicado el 11.12.2021, renueva por un período adicional de 15 días las designaciones de los Jefes de la Defensa Nacional en las provincias de Biobío y Arauco, en la Región del Biobío, y en las provincias de Cautín y Malleco, en la Región de la Araucanía, a los miembros de las Fuerzas Armadas individualizados en el presente artículo.