CREA CARGO DE ARCHIVERO EN LA COMUNA DE ANGOL Y LO ANEXA AL CONSERVADOR QUE INDICA
    Santiago, 15 de Marzo de 1993.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 262.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República; en los artículos 454 y 470 del Código Orgánico de Tribunales; Decreto Supremo N° 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, y lo informado por la Iltma. Corte de Apelaciones de Temuco por oficio N° 6064, de 3 de diciembre de 1992,
    Decreto:

    1.- Créase el cargo de Archivero para el servicio de las comunas que constituyen el territorio jurisdiccional de los Juzgados de Letras de Angol.
    2.- Anéxase el cargo de Archivero que se crea por el N° 1 anterior, al de Conservador de Angol creado por Decreto Supremo N° 1748, de 28 de Diciembre de 1992, del Ministerio de Justicia.

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República.- Francisco Cumplido Cereceda, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente.- Bernardo Espinosa Bancalari, Subsecretario de Justicia Subrogante.