1. Modifícase la resolución exenta Nº 178 (V. y U.), de 2021, en el siguiente sentido:
     
    1.1. Agrégase al resuelvo 5. la siguiente letra f):
     
    "f) Exímase a las Entidades Patrocinantes que postulan proyectos al presente llamado, de cumplir con lo señalado en el numeral 2, del artículo 34 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, en relación con el impedimento establecido para las Entidades Patrocinantes, de participar en los respectivos llamados, por contar con servicios y/o productos de Asistencia Técnica pendientes de ejecutar, respecto a proyectos del DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, cuya vigencia de subsidios se encuentre vencida y para los cuales no hubiere procedido el cierre administrativo de proyectos.".
     
    1.2. Reemplázase la tabla inserta en el resuelvo Nº 7, por la siguiente:   
     
   
     
    2. Apruébanse los montos de los recursos asignados para el segundo proceso de selección del Llamado nacional en condiciones especiales para proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.) de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, conforme a la columna "Recursos 2 Selección (UF)", que se agrega a continuación:
     
   
     
    3. Distribúyense los montos indicados en la columna "Recursos 2ª selección" señalados en el resuelvo precedente, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los Servicios de Asistencia Técnica, según la distribución por región, que se señala en el siguiente cuadro: 
     
   
     
    4. Apruébanse las nóminas de grupos seleccionados en el segundo proceso de selección del Llamado nacional en condiciones especiales para proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.) de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, regidas por la ley Nº 19.418. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de esta resolución. Además, fíjase el número de organizaciones postulantes seleccionadas por región, según se indica en la siguiente tabla:
     
   
     
    5. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial; y un aviso en un periódico de circulación regional, que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los grupos postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al número 4 de esta resolución, las que deberán contener a lo menos, la comuna, el tipo de proyecto, la identificación del grupo postulante y el puntaje obtenido por éste.