Artículo 14º: Para ser elegido representante de los afiliados los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos:
     
    a) Ser funcionario de planta o contrata;
    b) Estar afiliado al Servicio de Bienestar;
    c) No ser integrante del Consejo de Administración en representación de la entidad empleadora;
    d) No haber sido objeto de medida disciplinaria alguna durante el año anterior a la elección;
    e) No encontrarse sometido a una investigación sumaria o sumario administrativo;
    f) Ser afiliado al Servicio con una antigüedad no inferior a dos años; con excepción de la etapa de creación del Servicio, y
    g) Ser patrDecreto 55 EXENTO,
TRABAJO
Art. único N° 3
D.O. 02.07.2022
ocinado por la firma de a lo menos 5 afiliados.