Artículo 11: La División de Supervisión, Evaluación y Gestión tendrá como función primordial supervisar los programas de protección especializada del Servicio y coordinar integralmente la gestión de los colaboradores acreditados, velando por la aplicación y cumplimiento de los estándares definidos para la acreditación, supervisión, fiscalización y evaluación de éstos.
Esta división estará compuesta por los siguientes departamentos:
a) El Departamento de Acreditación y Gestión de Colaboradores, principalmente encargado de llevar a cabo la gestión integral de los colaboradores acreditados a nivel institucional, velando por el cumplimiento de las disposiciones indicadas en la normativa vigente.
b) El Departamento de Supervisión y Fiscalización, encargado de coordinar y gestionar los procesos de supervisión técnica, financiera y administrativa a nivel institucional, resguardando la calidad de atención de los/las usuarios/as, el cual tendrá una unidad de fiscalización destinada a controlar el cumplimiento de la normativa vigente, en los términos del artículo 39 de la ley N° 21.302.