Artículo 12: La División de Estudios y Asistencia Técnica será la encargada de supervisar y coordinar los procesos, gestión y análisis de la información, estudios e investigaciones en materia de protección de derechos de la niñez y adolescencia, además de garantizar la correcta aplicación de los lineamientos de asistencia y transferencia técnica dirigida a las unidades y equipos a nivel nacional.
Esta división estará compuesta por los siguientes departamentos:
a) Departamento de Estudios y Gestión de la Información, encargado de coordinar la elaboración de estudios y de gestionar la información, obtención y tratamiento de datos en materia de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes, en virtud de las necesidades técnicas identificadas.
b) Departamento de Asistencia y Transferencia Técnica, encargado de coordinar y supervisar el diseño y aplicación de estándares y lineamientos en materia de asistencia especializada y transferencia técnica a los equipos de los colaboradores acreditados, procurando un adecuado traspaso de capacidades y competencias para el cumplimiento de los estándares de atención.