Artículo 16: Para la provisión de todos los cargos del Servicio, se deberá contar con los respectivos perfiles y los requisitos de especialización, esto es, con la descripción de aquellas condiciones, requisitos y especificaciones que permitan establecer durante el proceso de evaluación y selección, la idoneidad, experiencia, competencias y conocimientos especializados de los/las postulantes para ejercer el cargo especifico a proveer, especialmente respecto de quienes trabajarán en contacto directo con niños, niñas y adolescentes.
    La descripción del perfil de cada cargo del Servicio deberá contener, a lo menos, lo siguiente:
     
    a) Identificación del cargo, esto es, tipo de cargo; relación de supervigilancia o dependencia jerárquica; grado en la Escala Única de Sueldos (EUS), asignaciones y bonificaciones, y si los servicios se prestarán en la Dirección Nacional o en las direcciones regionales;
    b) Objetivos del cargo, referidos a la finalidad del cargo y su aporte al Servicio;
    c) Requisitos legales del cargo;
    d) Condiciones deseables del cargo, según se trate de un cargo directivo, profesional, técnico, administrativo o auxiliar, precisando las características o competencias asociadas al desempeño del cargo, esto es conocimientos, habilidades y capacidades para el adecuado ejercicio del cargo;
    e) Funciones del cargo, y
    f) Características del entorno, tales como, equipo de trabajo; superior directo; dependencias y organismos con los que ha de relacionarse; clima laboral.
     
    Las bases concursales respectivas que llamen a la provisión de los cargos establecerán también los requisitos específicos en cada caso.