RECTIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.274 EXENTA DE 15.10.2021, QUE PRORROGA PLAZO DE POSTERGACIÓN SELECTIVA DE PERMISO DE CONSTRUCCIONES, RESPECTO DE LA MODIFICACIÓN EN CURSO AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA COMUNA DE MACUL, POR LAS RAZONES QUE INDICA

    Núm. 1.323 exenta.- Santiago, 22 de octubre de 2021.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en la ley Nº 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el DFL Nº 458 de 1975, que establece la Ley General de Urbanismo y Construcciones; en el DS Nº 47 de 1992, que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; en el decreto ley Nº 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; en el decreto supremo Nº 397 (V. y U.), de 1976, que aprueba el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; en el DS Nº 41 (V. y U.), de 2019, que nombra al infrascrito como Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana; en las circulares emitidas por la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo a través de sus oficios Nº 296 de fecha 20 de junio de 2020 (DDU 437) y Nº 344 de fecha 26 de agosto de 2020 (DDU 441); en el decreto Nº 80 Secc. 1ª, de fecha 18 de enero de 2021, del Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Macul, publicado en el Diario Oficial con fecha 27 de enero de 2021, por el cual se declara la postergación selectiva de permisos de construcción por un plazo de 3 meses en la citada comuna; en el oficio Nº A 391 del Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Macul, de fecha 5 de marzo de 2021 dirigido a esta Secretaría Ministerial; en la resolución exenta Nº 323, de fecha 29 de marzo de 2021, de esta Secretaría Ministerial, que prorroga plazo de postergación selectiva de permiso de construcciones, respecto de la modificación en curso al plan regulador comunal de la comuna de Macul, por las razones que indica, publicada en el Diario Oficial con fecha 16 de abril de 2021; en el Ord. Nº A-1401 , de fecha 1º de octubre de 2021, del Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Macul, que solicita prórroga de plazo por 3 meses; en el memorándum Nº 188, de fecha 13 de octubre de 2021, del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura, que remite copia de presentación e informe favorable a solicitud, para resolución correspondiente; en la resolución exenta Nº 581, de fecha 26 de marzo de 2020, Seremi Minvu, que Establece Tramitación Electrónica para este Servicio; en la resolución Nº 7, de 2019, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de la Contraloría General de la República, y
     
    Considerando:
     
    1. Que por resolución exenta Nº 1.274, de fecha 15 de octubre de 2021, de esta Secretaría Ministerial, que prorrogó el plazo de postergación selectiva de permiso de construcciones, respecto de la modificación en curso al plan regulador comunal de la comuna de Macul.
    2. Que, mediante correo electrónico de fecha 21 de octubre de 2021, enviado por el Asesor Urbano de la I. Municipalidad de Macul, don Mario Olea Mardones, solicita se rectifique el polígono 5B, perteneciente al sector 5, conformado por las unidades vecinales Nos 18, 19 y 20, debiéndose agregar la letra G entre las letras F y H.
    3. Que, habiendo constatado la existencia del error involuntario en la resolución ya referida, en virtud del Art. 62 de la ley 19.880,
     
    Resuelvo:
     
    1. Rectifícase el considerando Nº 4 de la resolución exenta Nº 1.274, de fecha 15 de octubre de 2021, de esta Secretaría Ministerial, en cuanto a la indicación del polígono 5B, perteneciente al sector 5, conformado por las unidades vecinales N 18, 19 y 20, en los siguientes términos:os
     
    Donde dice:
     
    "Polígono 5B: Conformado por los vértices (A-B-C-D-E-F-H-I-J-K-L-M-A)"-
     
    Debe decir:
     
    "Polígono 5B: Conformado por los vértices (A-B-C-D-E-F-G-H-I-J-K-L-M-A)".
     
    2. Establézcase que en todo aquello que no ha sido modificado por el presente acto, se mantendrá vigente.
     

    Anótese, notifíquese y cúmplase.- Manuel José Errázuriz Tagle, Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo.