1. Modifíquese la resolución exenta N° 164, de fecha 01.04.2021, de la Seremi Minvu, Región de Los Lagos y sus modificaciones, y en especial lo dispuesto mediante resolución exenta N° 472, de fecha 16.08.2021, en el siguiente sentido:
     
    a) Remplácese el cuadro contenido en el resuelvo 2, de la citada Res. Ex. N° 472, de fecha 16.08.2021, por el siguientResolución 732 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1 a)
D.O. 29.11.2021
e:
     
    .
     
    b) Remplácese íntegramente el resuelvo 11, de la Res. Ex. N° 164 de fecha 01.04.2021, por el siguiente:
     
    "El ahorro mínimo a que se refiere el artículo 15 del DS N° 27 (V. y U.), de 2016, debe ser acreditado a más tardar el 15.11.2021, según las instrucciones estipuladas por el Serviu Región de Los Lagos".
     
    2. Téngase presente que la resolución exenta N° 164 de fecha 01.04.2021, y sus modificaciones se mantendrán vigentes en todo aquello que no ha sido modificado por el presente acto administrativo.