DEJA CONSTANCIA DE LA SEXTA RENOVACIÓN PARCIAL DEL DIRECTORIO DE LA COMISIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES - CHILEVALORA

    Núm. 710 exenta.- Santiago, 25 de octubre de 2021.

    Visto: 

    Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece Reestructuración y Funciones de la Subsecretaría del Trabajo; en la ley N° 20.267, que crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales y Perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo, y su Reglamento, contenido en el decreto supremo N° 137, de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; en la resolución exenta N° 1.864, de 2009, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que ordena la constitución de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales; en el decreto supremo N° 87, de 7 de abril de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministro del Trabajo y Previsión Social; en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, de las materias de personal que se indican.

    Considerando:

    1. Que mediante resolución exenta N° 1.864, de 2009, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se constituyó el órgano colegiado de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales-ChileValora.
    2. Que, el artículo 5 de la ley N° 20.267, establece que "La Comisión estará integrada por nueve  miembros que tengan reconocida calidad técnica en el ámbito de las competencias laborales, los que serán designados de conformidad a lo establecido en el reglamento, de la siguiente forma:

    a) Un miembro designado por el Ministro del Trabajo y Previsión Social.
    b) Un miembro designado por el Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
    c) Un miembro designado por el Ministro de Educación.
    d) Tres miembros designados por las organizaciones de empleadores de mayor representatividad del país entre los representantes de los sectores productivos participantes del Sistema.
    e) Tres miembros designados por las centrales de trabajadores de mayor representatividad del país (...).

    Los miembros de la Comisión durarán cuatro años en sus cargos, pudiendo ser reelegidos por un periodo adicional. La renovación se realizará por parcialidades cada dos años, según se establezca en el reglamento.".

    3. Que, con fecha 18 de marzo de 2020, el representante del Ministro de Economía, Fomento y Turismo ante la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, don Abel Benítez Calderón, presentó su renuncia a dicho Directorio a contar de la misma fecha, quedando, en consecuencia, vacante el cargo de representante de la cartera antes individualizada. Por lo anterior, y mediante Resolución Ministerial Exenta N° 29, de 21 de abril de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se designó como nueva representante a doña Riola Polanco Arévalo, quien asumió por el tiempo que restaba para completar el periodo del señor Benítez, esto es, hasta julio de 2023.
    4. Que, con fecha 29 de agosto de 2019, la representante del Ministro del Trabajo y Previsión Social ante la mencionada Comisión, doña Verónica Garrido Bello, presentó su renuncia a dicho Directorio, quedando, en consecuencia, vacante el cargo de representante de la cartera antes individualizada. Conforme a ello, mediante resolución exenta N° 953, de 24 de septiembre de 2019, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se aceptó la renuncia antes señalada y se designó como representante a don Juan Manuel Santa Cruz Campaña. Luego, con fecha 27 de enero de 2021, el señor Santa Cruz renunció al cargo de director de la referida Comisión, siendo designado en su reemplazo el señor Ricardo Ruiz de Viñaspre Rencoret, mediante resolución exenta N° 234 de 23 de marzo de 2021, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, asumiendo el cargo por el periodo que restaba para completar el periodo del señor Santa Cruz, esto es, hasta julio de 2021.
    5. Que, en ese contexto, procede efectuar la sexta renovación parcial del órgano colegiado de ChileValora, correspondiente al representante del Ministro del Trabajo y Previsión Social, a dos representantes de las organizaciones de trabajadores y a dos representantes de las organizaciones de empleadores, en cada caso, más representativas del país.
    6. Que, a través de la resolución exenta N° 509, de 28 de julio de 2021, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se designó a don Ricardo Ruiz de Viñaspre Rencoret, como representante de dicha cartera ante ChileValora, por el periodo julio 2021-julio 2025.
    7. Que, en cumplimiento al procedimiento establecido en el artículo 8 del decreto N° 137, de 2009, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y en mérito a los informes de representatividad emitidos por la Dirección del Trabajo, mediante oficio ordinario N° 2000-514, de 2021, y por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, a través del oficio ordinario N° 1987, de 2021, el Ministro del Trabajo y Previsión Social, a través de los oficios ordinarios Nos 151 y 152, ambos de 2021, solicitó al Presidente de la Confederación de la Producción y del Comercio y al Presidente de la Confederación Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa de Chile, respectivamente, como las entidades más representativas de las organizaciones de empleadores, que tuviesen a bien designar un nuevo representante cada uno, para el periodo julio 2021-julio 2025. Por su parte, mediante oficio ordinario N° 153, de 2021, el Ministro del Trabajo y Previsión Social solicitó a la Presidenta de la Central Unitaria de Trabajadores, como la entidad más representativa de las organizaciones de trabajadores, que procediera a designar a dos representantes para el próximo periodo de 4 años.
    8. Que, mediante carta de 27 de julio de 2021, este Ministerio recibió la comunicación formal de la Confederación de la Producción y del Comercio, designando nuevamente a don Ricardo Mewes Schnaidt, en representación de las organizaciones de empleadores.
    9. Que, por medio de correo electrónico de fecha 23 de julio de 2021, se informó desde la Confederación Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa de Chile, la designación de su Presidente, señor Héctor Sandoval Gallegos, como su representante para el nuevo periodo de cuatro años.
    10. Que, a través de carta de fecha 26 de julio de 2021, la Presidenta Nacional de la Central Unitaria de Trabajadores informó a este Ministerio que se designaba como representantes ante ChileValora, a los señores Juan Moreno Gamboa y Guillermo Salinas Vargas. Adicionalmente, mediante carta de fecha 27 de julio de 2021, la Presidenta de la Central Unitaria de Trabajadores, CUT, informó que también se decidió designar al señor David Acuña Millahuelque, en reemplazo de la señora María Angélica Ibáñez, quien presentó la renuncia al cargo, por el periodo que restaba de su mandato, esto es, hasta julio de 2023.
    11. Que, con fecha 28 de julio de 2021, se realizó la sesión de instalación del Directorio de ChileValora, en la cual se procedió a elegir a los señores Ricardo Mewes Schnaidt y Juan Moreno Gamboa, como presidente y vicepresidente, respectivamente, para un nuevo periodo. Dicha sesión se redujo a un acta suscrita por todos los concurrentes y por el Secretario Ejecutivo de la Comisión, en su calidad de Ministro de Fe de la misma.

    Resuelvo:


    Primero: Déjase constancia de la designación de las siguientes personas como integrantes del directorio de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales-ChileValora, por los periodos que para cada caso se indica:

    1. Representantes del sector público, de conformidad al artículo 5°, letra a) de la ley N° 20.267:

    a) En representación del Ministro de Economía, Fomento y Turismo: doña Riola Polanco Arévalo, hasta julio de 2023.
    b) En representación del Ministro de Educación: doña Mónica Brevis Saldaño, hasta julio de 2023.
    c) En representación del Ministro del Trabajo y Previsión Social: don Ricardo Ruiz de Viñaspre Rencoret, hasta julio de 2025.

    2. Representantes de las centrales de trabajadores de mayor representatividad del país, conforme el artículo 5° letra e) de la ley N° 20.267:

    a) Don David Acuña Millahuelque: hasta julio de 2023.
    b) Don Juan Moreno Gamboa: hasta julio de 2025.
    c) Don Guillermo Salinas Vargas: hasta julio de 2025.

    3. Representantes de las organizaciones de empleadores de mayor representatividad del país, conforme el artículo 5° letra d) de la ley N° 20.267:

    a) Don Darío Ovalle Irarrázaval: hasta julio de 2023.
    b) Don Ricardo Mewes Schnaidt: hasta julio de 2025.
    c) Don Héctor Sandoval Gallegos: hasta julio de 2025.


    Segundo: Por razones impostergables de buen servicio, las personas designadas asumirán sus funciones desde la fecha de instalación del Directorio de la Comisión, sin esperar la total tramitación del presente acto administrativo.
     
    Anótese, regístrese, notifíquese y publíquese.- Patricio Melero Abaroa, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Fernando Arab Verdugo, Subsecretario del Trabajo.