ORDENA EXPROPIACIÓN DE INMUEBLE
Núm. 9.602.- Coronel, 15 de octubre de 2021.
Vistos y considerando:
1. Lo dispuesto en el artículo 19 número 24 inciso tercero de la Constitución Política de la República;
2. El decreto ley número 2.186, de fecha 9 de junio del año 1978, que aprueba la Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones;
3. El memorándum número 196, de fecha 13 de noviembre del año 2020, del Director de Asesoría Jurídica remitido al Director de la Secretaría Comunal de Planificación, por el cual se solicita evaluación técnica de inmuebles colindantes al Cementerio Municipal;
4. El memorándum número 435, de fecha 16 de noviembre del año 2020, del Director de la Secretaría Comunal de Planificación remitido al Director de Asesoría Jurídica, el cual contiene el informe técnico solicitado en el punto anterior;
5. El memorándum número 49, de fecha 16 de noviembre del año 2020, del Administrador del Cementerio Municipal, dirigido al Director de Administración y Finanzas, por el cual informa que a esa fecha, no existen espacios o lotes destinados para venta de sepulturas perpetuas;
6. El certificado número 253, de fecha 2 de diciembre del año 2020, del Secretario Municipal (S), el cual da cuenta del hecho que el Concejo Municipal de la comuna de Coronel aprobó por unanimidad el inicio de estudio de expropiación de un terreno correspondiente al lote aledaño al Cementerio Municipal de Coronel;
7. El decreto alcaldicio número 393, de fecha 18 de enero del año 2021, a través del cual se da inicio al estudio de expropiación del terreno correspondiente al Lote C-16 de calle Avenida La Paz, Cerro Merquín, comuna de Coronel;
8. La publicación en el Diario Oficial de fecha 18 de enero del año 2021 del decreto alcaldicio número 393 de la misma fecha y año;
9. El decreto alcaldicio número 3.260, de fecha 24 de marzo del año 2021, que designa como integrantes de la comisión referida en el artículo 4 del decreto ley número 2.186 del año 1978 a los siguientes profesionales de la lista oficial: doña Loreto Zuloaga Sanhueza, arquitecta, doña Roxana Abarzúa Gajardo, constructora civil y doña María Mac-Guire Acevedo, arquitecta;
10. El decreto exento número 263, de fecha 30 de julio de 1998, del Ministerio de Hacienda, a través del cual autoriza a doña María Mac-Guire Acevedo para intervenir como miembro de las comisiones encargadas de determinar el monto provisional de las indemnizaciones en los procedimientos expropiatorios que se realicen dentro de la Octava Región del Biobío;
11. El decreto exento número 212, de fecha 27 de junio del año 2000, del Ministerio de Hacienda, a través del cual autoriza a doña Roxana Abarzúa Gajardo para intervenir como miembro de las comisiones encargadas de determinar el monto provisional de las indemnizaciones en los procedimientos expropiatorios que se realicen dentro de la Octava Región del Biobío;
12. El decreto exento número 732, de fecha 1 de julio del año 2008, del Ministerio de Hacienda, a través del cual autoriza a doña Consuelo Zuloaga Sanhueza para intervenir como miembro de las comisiones encargadas de determinar el monto provisional de las indemnizaciones en los procedimientos expropiatorios que se realicen dentro de la Octava Región del Biobío;
13. El informe de la comisión de peritos sobre monto provisional de indemnización por expropiación correspondiente a lote C-16 de calle Avenida La Paz, Cerro Merquín, comuna de Coronel, de fecha 9 de abril del año 2021;
14. El certificado número 239, de fecha 27 de septiembre del año 2021, emitido por el Secretario Municipal el cual da cuenta de la aprobación por parte del Concejo Municipal de la modificación presupuestaria para adquirir el terreno a expropiar;
15. Certificado número 231, de fecha 29 de septiembre del año 2021, emitido por la Directora de Administración y Finanzas (S), el cual da cuenta de la existencia de disponibilidad presupuestaria para adquirir el referido terreno a expropiar;
16. La necesidad de expropiar por parte de esta corporación edilicia el inmueble ubicado en el lote C-16 de calle Avenida La Paz, Cerro Merquín, comuna de Coronel, con el objeto de habilitar espacios o lotes destinados para la venta de sepulturas perpetuas para los habitantes de la comuna. En consecuencia:
Decreto:
1. Procédase a la expropiación del inmueble ubicado en el Fundo Yobilo, correspondiente a los sectores "A" y "B" del Lote C-16, en prolongación Avenida La Paz, Cerro Merquín, comuna de Coronel, graficado en Informe de Tasación y de aparente dominio de Inmobiliaria Altos de Yobilo Limitada, rol número 5000-37, definido como zona ZE-3 (Zona Equipamiento 3) según el Plan Regulador Comunal vigente, con uso exclusivo de Cementerio y Crematorio y adicionalmente templos, capillas y santuarios, predio ubicado dentro de lo que se denomina Fundo Yobilo, el cual se encuentra inscrito a fojas 1850 vuelta, número 591 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Coronel del año 2013;
2. Fíjese en la suma de $131.848.938.- (ciento treinta y un millones ochocientos cuarenta y ocho mil novecientos treinta y ocho pesos) como la indemnización provisional por la expropiación del lote individualizado precedentemente;
3. El pago de la indemnización se realizará al contado;
4. El asesor jurídico de esta municipalidad procederá a consignar la totalidad de la indemnización provisional, mediante depósito en la cuenta corriente del tribunal correspondiente, lo cual ocurre en este caso;
5. La Dirección de Administración y Finanzas de la Ilustre Municipalidad de Coronel, girará hasta la suma de $131.848.938.- (ciento treinta y un millones ochocientos cuarenta y ocho mil novecientos treinta y ocho pesos) en la forma y oportunidad que lo requiera el asesor jurídico de esta municipalidad para consignarla en la cuenta corriente del respectivo tribunal de justicia, en la oportunidad judicial correspondiente;
6. Impútese el gasto total que demande el cumplimiento del presente decreto al Subtítulo 29, Adquisición de Activos No Financieros, Ítem 01, Terrenos, del presupuesto municipal vigente.
Anótese, comuníquese y archívese.- Boris Chamorro Rebolledo, Alcalde.- Alejandro Lagos Vílchez, Secretario Municipal.