DELEGA FACULTAD EN FUNCIONARIOS QUE INDICA Y MODIFICA RESOLUCIÓN 4A/Nº 28 EXENTA, DE 2019, QUE ESTABLECE LA ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN INTERNA DEL FONDO NACIONAL DE SALUD
Núm. 3G 10.346 exenta.- Santiago, 8 de noviembre de 2021.
Vistos:
Nota interna 1K/N° 5490, de 2021, de la División Servicio al Usuario, contenida en expediente electrónico Nº E57488/2021; lo dispuesto en la resolución exenta 4A/N° 224, de 2019, que aprueba procedimiento que regula el ejercicio de las facultades del Director del Fondo Nacional de Salud de establecer la estructura y organización interna del Fonasa y de delegar facultades en materias específicas en funcionarios de su dependencia; Y teniendo presente las facultades que me confieren los artículos 52, 53 letras a) y c) y 54 del Libro I del DFL N° 1/2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL Nº 2.763 de 1979, y de las leyes Nos 18.933 y 18.469, ambas del Ministerio de Salud; el decreto supremo Nº 27, de fecha 15 de marzo de 2018, del Ministerio de Salud; la resolución exenta 4A/Nº 28, de fecha 20 de marzo de 2019, que establece la nueva estructura y organización interna del Fondo Nacional de Salud y delega facultades que indica, y sus modificaciones posteriores; lo previsto en los artículos 3, 5 y 41 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2000; la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; así como lo establecido en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
Primero. Que, mediante nota interna 1K/Nº 5490, de fecha 21 de octubre de 2021, la jefa de la División Servicio al Usuario solicita que se delegue la facultad de "firma de respuestas a solicitudes ciudadanas escalables" a los Gestores de Solicitudes Ciudadanas de cada Dirección Zonal y del Nivel Central.
Lo anterior tiene como principal objeto velar por la eficiencia y eficacia del proceso, dando agilidad al cierre y, por consecuencia, envío de respuestas a los requerimientos de nuestros beneficiarios, manteniendo el resguardo de la revisión de cada una de ellas en cuanto a forma y fondo.
Hace presente que con dicha facultad se fortalece el rol de los Gestores de Solicitudes Ciudadanas, quienes realizan la supervisión y coordinación de los distintos resolutores a nivel nacional. Lo anterior bajo los lineamientos generales de la División Servicio al Usuario a través de la jefatura del Departamento Gestión Centro Resolutor.
Segundo. Que, la ley impone a los órganos de la Administración del Estado observar en sus actuaciones los principios de eficacia, eficiencia y economía procedimental, a través de procedimientos que faciliten la tramitación ágil y expedita de los actos que los constituyen.
Tercero. Que, con la finalidad de propender a una gestión eficiente y eficaz de los órganos de la Administración del Estado, el artículo 41 de la ley N° 18.575 autoriza delegar el ejercicio de las atribuciones y facultades propias de que se encuentra dotado, en razón de su cargo, el Jefe Superior del Servicio, pudiéndose igualmente delegar la facultad de firmar, por orden de la autoridad delegante, en determinados actos sobre materias específicas.
Cuarto. Que, con el objeto de continuar agilizando los procedimientos internos del servicio y propender a una mejor gestión administrativa, velando por una entrega de respuestas oportunas a nuestros beneficiarios, se hace necesario delegar la facultad de firmar por orden del Director Nacional las respuestas a solicitudes ciudadanas escalables.
Quinto. Que, las razones expuestas precedentemente constituyen mérito suficiente para dictar lo siguiente:
Resolución:
1° Delégase, en el ámbito de su competencia, la facultad de firma de respuestas a solicitudes ciudadanas escalables, en los funcionarios que a continuación se indican:

2° Déjese constancia que las responsabilidades que deriven por negligencia en el ejercicio de las facultades que se delegan por el presente acto, recaerán directamente en el funcionario delegado.
3° Modifíquese la resolución exenta 4A/Nº 28, de fecha 20 de marzo de 2019, que estableció la nueva estructura y organización interna del Fondo Nacional de Salud y delegó facultades en las jefaturas de las dependencias internas que señala, en el siguiente sentido:
I) Introdúcense, en el artículo 152 numeral 1º, la enmienda que sigue:
a. Suprímese su letra l).
4° En lo no modificado por la presente resolución, rige plenamente la resolución exenta 4A/Nº 28, de 2019.
5° La presente resolución entrará en vigor a la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
6° Publíquese la presente resolución exenta en el Diario Oficial.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Marcelo Mosso Gómez, Director Nacional, Fondo Nacional de Salud.